Consideran Ejercicio Irrazonable del Ius Variandi Cambiar el Lugar de Trabajo Alegando Razones Operativas

Al considerar que la empleadora debió invocar y probar los motivos por los cuales tomó la decisión de cambiar el lugar de trabajo del trabajador, la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo determinó que tal decisión configuró un ejercicio abusivo del ius variandi, ya que la demandada sólo adujo razones operativas, sin dar ninguna justificación que avalara tal decisión.

 

En la causa “Merino Omar Esteban c/ Ugofe S.A. Línea Roca s/ juicio sumarísimo”, la demandada apeló la sentencia de primera instancia que en base a la apreciación de los hechos y las pruebas rendidas en las actuaciones restableció al trabajador a sus condiciones de trabajo al considerar que había existido un uso irrazonable del ius variandi de parte del empleador.

 

Los jueces que integran la Sala III consideraron que en el presente caso, el cambio del lugar de trabajo del actor por parte de la empresa demandada, sin ningún tipo de compensación, trae aparejado un aumento en los tiempos de traslado, y por consiguiente, un perjuicio en el trabajador.

 

Los magistrados señalaron que “si no se encuentra justificado para el cumplimiento de los fines de la empresa y además causa un perjuicio al dependiente, constituye un ejercicio abusivo del ius variandi”, debido a que “el lugar de prestación de tareas constituye un elemento esencial del contrato de trabajo, por lo que no puede, en principio, ser modificado unilateralmente por el empleador”.

 

En tal sentido, los jueces explicaron que “aunque se admita que la empresa puede tener cierto grado elasticidad en cuanto al ejercicio del "ius variandi" - con referencia al lugar de labor -, el trabajador tiene derecho a que le digan cuáles son las razones derivadas de la organización del trabajo que obligan a tomar esa medida o, por lo menos la justifican”, ya que “lo contrario implicaría no permitir que los jueces de la causa analicen si se trata de un ejercicio razonable de la facultad o si media abuso del derecho”.

 

Tras remarcar que de acuerdo a lo establecido en el artículo 66 de la Ley de Contrato de Trabajo todo cambio debe ser razonable, los camaristas destacaron que “a fin de poder juzgar dicha razonabilidad la demandada debía invocar y probar los motivos por los cuales tomó la decisión de cambiar el lugar”, mientras que en el presente caso “solo adujo "razones operativas", sin dar ninguna justificación que avalara tal decisión”.

 

En la sentencia del 21 de octubre de 2010, la mencionada Sala ratificó que “el traslado del trabajador a otra estación no afectaría en ningún aspecto al demandado”, por lo que confirmó la decisión apelada.

 

 

Artículos

Vigilar a los que vigilan
Por Jean Jacques Bragard y Julieta Bello
Bragard
detrás del traje
María José Rodríguez Macías
De BRONS & SALAS
Nos apoyan