Consideran que la Factura No es Prueba de Pago
La Cámara  Nacional de Apelaciones en lo Comercial consideró que la factura con el sello de pagado no sirve como elemento probatorio de haber cancelado el precio por la venta de mercadería de contado y en efectivo. Los miembros de la Sala C, al analizar el caso donde la empresa de matafuegos Horizonte SRL  quería demostrar la cancelación de su deuda con Héctor Raúl Domanski por medio de una factura, consideraron que para probar la cancelación del precio por las mercaderías se necesita el recibo emitido por el vendedor. De esta manera, los camaristas modificaron la sentencia de primera instancia, en la cual la demanda por falta de pago había sido desestimada. La jueza de primera instancia, Matilde Ballerini, tomó tal decisión, luego de considerar que los libros de comercio del vendedor no poseían valor probatorio. A su vez, manifestó que en base a los registros de la firma dedicada a la comercialización de matafuegos, no surgía ningún saldo a favor del demandante. Los camaristas, luego de la apelación presentada por el vendedor en la cual expresó que la fábrica al completar sus libros se generó un crédito fiscal por una suma que no había abonado y él debió pagar impuestos sobre un precio que no cobró, sostuvieron que la empresa de matafuegos al haber recibido las matrices y el precio de la misma tuvo que demostrar que lo que le fue entregado lo abonó. Por lo tanto, los magistrados decidieron hacer lugar a la apelación y revocar la sentencia de primera instancia, al demostrar  la existencia del crédito resultante de la factura, y que la empresa demandada no cumplió con su carga de acreditar el pago de la misma.  

 

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