Consideran que No Oponerse a la Realización del Estudio Genético No Constituye un Allanamiento Incondicionado

Al imponer las costas al demandado en la demanda de filiación en la que se estableció su filiación paterna del hijo de la actora, la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil resolvió que el hecho de no haberse opuesto al contestar la demanda a la realización del estudio genético no constituye un allanamiento incondicionado en los términos del art. 70 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.

 

En la causa “P. M. R. c/ B. A. L. s/ filiación”, la sentencia de primera instancia hizo lugar a la demanda de filiación extramatrimonial deducida por P. C. P. contra A. L. B., declarando que M. R. B. es habido de la unión de este con la actora, a la vez que le impuso las costas del proceso.

 

Dicha resolución fue apelada por el demandado, quien se agravió por la forma en que fueron impuestas las costas del proceso.

 

Los jueces que componen la Sala I explicaron que en la presente causa, el apelante había reconocido al contestar la demanda que había mantenido una relación amorosa con la madre del menor para la fecha en que estimativamente se produjera la concepción del futuro niño y que durante el embarazo la madre le manifestó que era su progenitor.

 

Los camaristas determinaron que “el no oponerse al contestar la demanda a la realización del estudio genético (ADN) necesario para lograr determinar la verdadera paternidad del que resultó su hijo M. R., no constituye en el caso un allanamiento incondicionado ni oportuno, en los términos del art. 70 del Código Procesal”.

 

Los magistrados concluyeron que  por el contrario, ello configuró “un desconocimiento de la paternidad y por tanto un allanamiento condicionado a despojar una duda, no siendo el ámbito judicial el adecuado a tales efectos”.

 

En base a ello, y debido a que “habiendo obligado con su conducta a la promoción de la causa ello impide prescindir del principio objetivo de la derrota (art. 68 , Cód.Procesal)”, la mencionada Sala decidió confirmar la sentencia de grado.

 

 

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