Definen Destinos de los Aportes Voluntarios a las AFJP

En los próximos días podrían estar dadas las condiciones para que pueda comenzar el proceso por el cual aquellas personas que en algún momento realizaron aportes voluntarios o tuvieron aportes convenidos (ingresados por sus empresas) a una AFPJ, tengan la posibilidad de optar entre dejar esos fondos en el Estado o transferirlos a una administradora constituida para ello.

 

Los trámites para poder actuar como gestoras de los fondos de aportes voluntarios habrían sido iniciados sólo por dos compañías, siendo estas Nación AFJP y Credicoop, asegurando desde el ANSeS que en unos 30 días sería publicada en el Boletín Oficial la resolución para que puedan comenzar a operar.

 

A partir de ese momento, los aportantes tendrán un plazo de 60 días para ejercer la opción, siendo diferente la prestación en caso de optar por una u otra alternativa.

 

En el caso de trasladar los fondos a una administradora, los mismos se ajustarán por el rendimiento que obtengan las inversiones de los fondos, mientras que en el caso del Estado se actualizarán por el índice de movilidad previsto en la ley 26.417, siendo importante resaltar que en el caso de las administradoras, el rendimiento de las inversiones puede ser negativo o positivo, mientras que la movilidad de la ANSeS será siempre positiva.

 

En el caso de optar por el sistema estatal, el beneficio al cumplir la edad jubilatoria surgirá de dividir el dinero acumulado por 120, calculándose del resultado el 1,5%, el que se multiplicará por los años aportados, de 1994 en adelante, mientras que en el caso de las administradoras, la renta mensual se definirá en función del saldo de los fondos y de un cálculo que depende de la esperanza de vida.

 

Es importante remarcar que aquellos que pretendan trasladar sus fondos a Nación o Credicoop deberán bajar un aplicativo que estará disponible en la página web de ANSeS y completarlo, quedando los fondos en el ámbito del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) en caso de no hacer el trámite.

 

 

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