El BCRA establece que los Proveedores de Servicios de Pago quedan alcanzados por el Régimen Informativo sobre Reclamos

El 15 de febrero de 2023, el Banco Central de la República Argentina (el “BCRA”) publicó la Comunicación “A” 7699, mediante la cual estableció -con vigencia a partir del 1 de marzo de 2023-  que los Proveedores de Servicios de Pago, tanto los que ofrecen cuentas de pago (los “PSPCP”) como los que cumplen la función de iniciación que prestan el servicio de billetera digital, quedan alcanzados como sujetos obligados a remitir el Régimen Informativo sobre Reclamos (previsto bajo el régimen informativo contable mensual de las normas del BCRA sobre “contabilidad y auditoría”), operando el vencimiento para la primera presentación el 24 de abril de 2023.

 

Los datos a informar deberán provenir del “registro centralizado de consultas y reclamos” definido en las normas sobre “Protección de los Usuarios de Servicios Financieros” del BCRA. 

 

Asimismo, los PSPCP deberán cumplimentar el Régimen Informativo de Transparencia, cuyo vencimiento para la primera presentación correspondiente a la información mensual operará el 14 de marzo de 2023. 

 

En virtud de dicho régimen, los PSPCP deberán informar las comisiones y cargos de los productos y/o servicios que ofrezcan y comercialicen a los usuarios de servicios financieros, sumado a la tasa de interés y la cantidad de productos.  

 

Por Agustín Cerolini, Martín Chindamo y Bautista Márquez

 

 

Cerolini & Ferrari Abogados
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