El 13 de noviembre pasado, el Senado de la Nación sancionó la norma 26.904 y hoy quedó promulgada con la publicación del decreto número 2036/2013 en el Boletín Oficial.
La presidenta Cristina Fernández de Kirchner; el jefe de Gabinete de ministros, Jorge Capitanich; y el ministro de Justicia y Derechos Humanos, Julio Alak, firmaron el decreto mencionado.
A través de esta ley, se incorpora como artículo 131 del Código Penal el texto que pena de seis meses a cuatro años a la persona que, por medio de comunicaciones electrónicas, contacte a un menor de edad para cometer un delito contra su integridad sexual.
Asimismo, la norma contempla la comunicación mediante cualquier otra tecnología de transmisión de datos. De esta manera, queda incorporado el delito de acoso sexual conocido como “grooming” o “ciberacoso”.
Opinión
Noetinger & Armando
opinión
ver todosBrons & Salas
Alfaro Abogados
Kabas & Martorell