A través de la Resolución General N° 5655/2025 emitida por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) vuelve a ser efectivo el uso de los certificados de exclusión del Impuesto al Valor Agregado y del Impuesto a las Ganancias para los contribuyentes que cuenten con saldos y cumplan con los requisitos para solicitar dicho certificado ante ARCA.
Esta medida alcanzará tanto a importaciones definitivas que ingresen al territorio aduanero general como al especial que sean gravadas por el impuesto salvo, indudablemente, las que se encuentren exceptuadas.
La presente normativa abroga lo referente a las suspensiones del uso de los certificados de exclusión establecidas por las Resoluciones Generales Nros. 5.339, 5.441, 5.476, 5.520 y 5.624 y seguidamente deroga en parte la Resolución General N° 5.407, la Resolución General N° 5.414 y la Resolución General N° 5.440 que establecían los procedimientos para los sujetos que hayan adherido a los acuerdos de precios.
La resolución entró en vigencia el día 1 de Marzo del 2025, resultando de aplicación para las importaciones definitivas perfeccionadas a partir de dicha fecha.
Vigencia
La reseñada resolución entra en vigencia el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.
Acceda al texto completo de la norma aquí.
Por Gustavo Enrique Müller y Nadia Antonini
Opinión
Bergstein Abogados


opinión
ver todosKabas & Martorell
Estudio Durrieu
Richards, Cardinal, Tützer, Zabala & Zaeffere
Franco Abogados - Consultores Ambientales
detrás del traje
Nos apoyan
