Al igual que anteriormente se pronunciaron varias Cámara Federales, quienes habían avalado la posibilidad de pagar en efectivo operaciones de más de mil pesos, la Cámara Federal de Mar del Plata declaró la inconstitucionalidad del artículo 2º de la Ley 25.345, la cual no admite prueba de que existió una operación de más de 1.000 pesos en caso de que ésta haya sido efectuada en efectivo y no por medios bancarios.
En la causa “Tiendas Roxana S.A”, la Cámara Federal de Mar del Plata consideró que la presunción establecida en la denominada Ley Antievasión, la que niega la existencia de las operaciones que se pagaron en efectivo, atentan contra la garantía constitucional de defensa en juicio.
Tras determinar que tal normativa no cumple con los parámetros de legalidad y razonabilidad, la Cámara Federal de Mar del Plata decretó la inconstitucionalidad de la normativa.
De acuerdo a lo publicado por el Cronista.com, la Cámara le ordenó a la AFIP que actúe de acuerdo a lo establecido en el artículo 34 de la Ley de Procedimiento Fiscal, la que permite que se presenten pruebas sobre la existencia de operaciones económicas que hayan sido puestas en entredicho por la AFIP, a causa de que fueron pagadas en efectivo, a lo que añadieron que “la adopción de uno u otro sistema de determinación de deuda tributaria no puede soslayar el debido proceso que le permita al contribuyente demostrar la veracidad de tales operaciones en ejercicio de su derecho de defensa”.
A su vez, dicho tribunal sostuvo que tal presunción al impedir computar al contribuyente en sus respectivas declaraciones juradas de IVA y Ganancias los créditos fiscales y gastos involucrados, constituye un cercenamiento de la facultad de probar la autenticidad de esos movimientos económicos, lo que lleva a desconocer el principio de que debe tenerse en cuenta la capacidad contributiva a la hora de cobrar impuestos.
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