El ENARGAS, mediante la Resolución 210/2021 (B.O. 19/7/21), ordenó a las prestadoras del servicio de distribución de gas incluir en las facturas de consumo el plan de facilidades de pago para quienes se acogieron al beneficio del decreto 311/20, en el que se estableció que no podrían suspenderse o cortarse los servicios en caso de mora o falta de pago de hasta 7 facturas, consecutivas o alternas, con vencimientos desde el 1 de marzo de 2020.
El plan de facilidades, que habilita al usuario a la cancelación de las deudas que se hubieren generado durante la vigencia del decreto 311/20 en hasta 30 cuotas iguales, mensuales y consecutivas, comprende a usuarios residenciales y no residenciales y establece que se habilitará al corte del suministro a quienes se encuentren en falta de pago o mora en el pago de 3 cuotas consecutivas o 6 alternadas.
Las empresas prestadoras de servicio público de distribución de gas natural podrán extender las condiciones del plan a deudas adquiridas fuera del plazo de vigencia del decreto 311/20 e incluir a usuarios no alcanzados por éste.
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