Establecen competencia para intervenir en una causa en la que se investiga una supuesta estafa realizada a través de home banking

En la causa “E. A. R. s/ su denuncia - incidente n° 1, la Corte Suprema de Justicia de la Nación debió resolver la contienda negativa de competencia trabada entre los titulares del Juzgado Nacional en lo Criminal de Instrucción N° 20 Y del Juzgado de Garantías N° 4 del departamento judicial de Bahía Blanca, provincia de Buenos Aires.

 

Cabe destacar que la causa se originó en la causa iniciada a partir de la denuncia de A. R. E., en la que refirió que personas desconocidas ingresaron mediante la plataforma de home banking a su cuenta del Banco Galicia y efectuaron una transferencia por diecisiete mil trescientos pesos, a la sucursal de esa entidad sita en la ciudad de Bahía Blanca, a nombre de F. C. M.

 

El magistrado nacional declinó su competencia al considerar que la maniobra se habría consumado en territorio provincial, mientras que la juez local rechazó tal atribución por entender que la disposición patrimonial habría ocurrido en esta ciudad.

 

Al analizar el presente caso, la Procuración General de la Nación sostuvo que “la contienda debería resolverse atendiendo a razones de economía procesal y teniendo en cuenta los distintos lugares donde se desarrollaron actos con relevancia típica (Fallos: 329:1905)”.

 

En su dictamen, el dictamen de la Procuración, al cual adhirió el Máximo Tribunal, entendió que “más allá de que la cuenta bancaria de la que se dispusieron los fondos se encuentra en esta ciudad, donde además se habría accedido a internet para efectuar la transferencia, entiendo que corresponde declarar la competencia del magistrado local pues es el que se encuentra en mejores condiciones para continuar con la causa, en atención a que en su ámbito territorial se encuentra la entidad a la que se transfirió el capital  y se domicilia su titular, sumado a la circunstancia de que en la fecha en la que se efectuó la operación se registran en el extracto bancario numerosas entradas de dinero mediante el sistema de home banking”.

 

En base a ello, la Corte resolvió el 18 de octubre del presente año, que deberá entender en la causa en la que se originó el presente incidente el Juzgado de Garantias Nro. 4 del Departamento Judicial de Bahia Blanca, Provincia de Buenos Aires.

 

 

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De CEO – MRC CONSULTANTS AND TRANSACTION ADVISERS, SL (ESPAñA), SUBSIDIARIA DE VEOLIA ENVIRONNEMENT ET INGENIERIE COUNSEIL SAS (FRANCIA)
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