Ha sido publicada en el B.O. la Resolución General AFIP N° 5180/22 mediante la cual se extiende hasta el 30 de junio de 2022, inclusive, la eximición respecto de la obligación de registrar los datos biométricos ante las dependencias del organismo, por parte de los contribuyentes y responsables de la obligación de registrar dichos datos.
La AFIP considera que si bien la situación epidemiológica evoluciona en forma favorable, resulta razonable extender la medida y evitar la concurrencia al organismo a fin de cumplimentar el registro digital de la fotografía, firma y huella dactilar, como tampoco el documento de identidad escaneado.
Recordamos que el registro de los datos biométricos es requerido a efectos de solicitar la inscripción de los sujetos imponibles en el "Registro Tributario" implementado por la AFIP, por lo que esta medida permite la realización de las transacciones digitales que así lo requieran.
Por Ana Verónica Pampin y María Alejandra Fiandesio
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