Extienden Plazo para el Pago y Recategorización de los Monotributistas
A través de la Resolución General 2746 publicada en el día de hoy en el Boletín Oficial, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) terminó de reglamentar el nuevo régimen del Monotributo, complementando de esta manera lo establecido en el decreto 1/2010 publicado este martes en el Boletín Oficial. La nueva resolución establece que “las obligaciones de pago así como la recategorización correspondiente al tercer cuatrimestre del 2009, cuyo vencimiento operaba el 7 de enero de 2010, podrán efectuarse hasta el 22 de enero de 2010, inclusive”. La resolución de la AFIP, establece que la recategorización será obligatoria para quienes en el último año hayan cambiado su nivel de facturación o hayan variado su situación en función de los parámetros establecidos para ubicarse en cada categoría. De acuerdo a los establecido en la normativa, el monotributista se encontrará obligado a la finalización de cada cuatrimestre calendario a presentar una declaración jurada informativa en la forma, plazos y condiciones que oportunamente establecerá este Organismo, en la cual deberá consignar los datos respecto al consumo de energía eléctrica (número del medidor y denominación del prestador del servicio) y local o establecimiento (datos del propietario, nomenclatura catastral del inmueble afectado o locatario). Desde el organismo informaron que hasta ayer se recategorizacón 22.047 contribuyentes, insistiendo en que los trámites pueden realizarse ya desde el inicio de este mes, recordando que la AFIP reubicó a los contribuyentes en la nueva tabla, en función de cómo estaban encuadrados hasta diciembre último y sobre la base de las presunciones sobre alquileres devengados.

 

Artículos

Vigilar a los que vigilan
Por Jean Jacques Bragard y Julieta Bello
Bragard
detrás del traje
María José Rodríguez Macías
De BRONS & SALAS
Nos apoyan