Mediante el Decreto 68/11, el Poder Ejecutivo prorrogó el beneficio para las empresas que registren a sus trabajadores desde el 1 de enero pasado hasta el 31 de diciembre de 2011, por lo que extendió la reducción de contribuciones patronales por la registración de una nueva relación laboral o la regularización de una preexistente con ausencia total de registración.
El beneficio que había sido incluido en el blanqueo implementado durante el año 2009, establece que durante los primeros doce meses de la registración de una relación laboral los empleadores tendrán una quita del 50% de las contribuciones laborales, mientras que al segundo año, contarán con una reducción del 25% de dichas cargas.
La reducción en cuestión será aplicable a las contribuciones previsionales, el PAMI, el fondo de empleo, las asignaciones familiares y Registro de Trabajadores Rurales, pero no se aplica para las obras sociales ni para las ART.
Sin embargo, la resolución no aclara si el empleador podrá acogerse al blanqueo laboral si existe un reclamo judicial o administrativo y decida allanarse a la demanda, a la vez que tampoco indica que ocurrirá con la obligación de no disminuir el personal total hasta 2 años después de la finalización del blanqueo laboral.
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