Fallos
Miércoles 20 de Mayo de 2009
Fallo Inédito Reconoce Derecho de un Viudo de Heredar a su Suegra
En un inédito fallo, se le reconoció a un viudo el derecho de heredar los bienes de su suegra, considerando que el artículo 3576 bis del Código Civil es inconstitucional, ya que resulta discriminatorio para el hombre, entendiendo que en el presente caso, él se encuentra en las mismas condiciones que ese precepto le exige a la mujer, en su estado de nuera viuda y sin hijos.
En el presente caso, Rubén Daría Vallero, reclamaba el derecho de heredar los bienes de su suegra, debido a que su esposa, e hija de la persona que pretendía heredar había fallecido en el año 2001, reclamando por ello, el porcentaje que le correspondería a su esposa en la sucesión.
Dicha decisión, la primera en nuestro país, fue adoptada por el Juzgado Civil y Comercial de la 27ª Nominación de la Provincia de Córdoba, a cargo del juez José Luis García Sagués.
El fiscal del caso, había considerado que la normativa en cuestión resultaba violatoria del artículo 16 de la Constitución Nacional, en el cual se contempla la igualdad, entendiendo que lo establecido en el artículo 3576 bis del Código Civil, donde se le otorga el derecho a la mujer viuda y sin hijos a heredar el 25% de los bienes de sus suegros que le hubieran correspondido a su marido en vida, había sido establecido teniendo en cuenta la actitud paternalista de la época, otorgando prerrogativa a la femineidad.
El juez decidió hacer lugar al reclamo presentado, concediendo al viudo el beneficio de heredar el 25% de los que le correspondía a su esposa.
Resulta de trascendencia remarcar lo sostenido por los letrados del viudo que reclamaba su parte de la herencia, quienes manifestaron que la ley no protege a la nuera indefensa, no siendo requisito que la viuda sea carente de recursos económicos, sino que lo que hace el artículo en cuestión es reconocer el vínculo familiar existente entre la nuera y sus suegros.
En tal sentido, entendieron que debería ocurrir lo mismo con el yerno, debido que frente a la ley los lazos familiares no varían según el sexo.
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