Una mujer inició una acción de amparo contra la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) con el fin de obtener de forma inmediata la restitución del pago del beneficio de asignación por su hija y el resto de asignaciones que le correspondan.
La actora había sostenido que a partir del incremento del 10 por ciento del sueldo dipuesto por el empleador, la Municipalidad del Partido de General Puyrredon, le habían quitado los beneficios que venía percibiendo por excederse del tope de 5.200 pesos fijados.
Por tal motivo, la trabajadora reclamó como inconstitucional el monto salarial establecido por el Decreto 1428/2011 para la percepción de las asignaciones, lo que fue ratificado por el titular del Juzgado Federal N° 4 de Mar del Plata, Alfredo López, al hacer lugar a la acción de amparo.
En su defensa, la ANSES contestó que la actora se equivoca en realizar el reclamo contra el Organismo previsional debido a que la trabajadora es empleada de la comuna citada y la obligación recae sobre la municipalidad.
Por su parte, el magistrado sostuvo que “la omisión aludida, repercute notoriamente en los derechos del amparista, quien producto de: la falta de actualización de los topes en cuestión; la inflación pública y notoria existente en nuestro país –que resulta patente en los indicadores transcriptos-; y las mejoras salariales alcanzadas por la clase obrera, queda excluida de dichos beneficios sociales pese a los módicos ingresos que percibe”.
Además afirmó que “no resulta razonable que el tope a las asignaciones familiares se mantenga intacto desde el año 2011, ello con grave detrimento a sus derechos amparados constitucionalmente”.
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