El pasado 11 de noviembre de 2021, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación publicó la Resolución N° 1655/2021 (la “Resolución”), a través de la cual fijó el 10 de diciembre de 2021 como fecha de vencimiento para el pago de la tasa anual de la Inspección General de Justicia (“IGJ”) que recae sobre las sociedades por acciones.
Vencida la fecha fijada, será de aplicación la multa prevista en el artículo 7º de la Decisión Administrativa Nº 46/01 (una vez y media la tasa de interés mensual que utiliza el Banco de la Nación Argentina en sus operaciones de descuento para documentos comerciales, sobre los importes omitidos). Cabe destacar que en dicha Decisión Administrativa también se establecen las escalas y valores a ser percibidos en concepto de tasa anual retributiva.
Las boletas para el pago de dicha tasa se encuentran disponibles para su descarga en la página web de la IGJ, así como también los medios de pago disponibles.
Las sociedades que integraron durante el mismo año calendario la tasa de constitución se encuentran exceptuadas de esta obligación de pago.
Opinión
Kabas & Martorell
opinión
ver todosPASBBA
NORDELTA S.A.
Alfaro Abogados
Berton Moreno IP Law