Fuertes Diferencias Fiscales entre Autónomos y Dependientes en el Impuesto a las Ganancias
Según manifestaron miembros del Consejo Profesional de Ciencias Económicas existen profundas diferencias entre trabajadores autónomos e independientes que tienen un mismo monto de ganancias, atribuyendo ese tratamiento diferente a las deducciones especiales que oportunamente fueron elevadas por Decreto. La entidad presentó un proyecto para paliar esas diferencias y tornar más equitativo el tributo, ya que las deducciones de los dependientes se eleva a un monto de $ 9.000 multiplicados por 9,8 y los autónomos sólo a $ 9.000. Esto provoca un trato diferencial demasiado importante y perjudicial para los autónomos. Un trabajador soltero, que recibe una remuneración de bolsillo de hasta $4.015 mensuales más aguinaldo –que a lo largo de un año alcanza $52.200-, no deberá cancelar el Impuesto a las Ganancias, por resultar tales ingresos equivalentes a las deducciones personales permitidas. La normativa presentada apunta a reducir las diferencias entre ambos tipos de trabajadores, permitiendo a los autónomos que incrementen sus deducciones y así equiparar las situaciones fiscales de los dos grupos. La diferencia surgió a partir del dictado del Decreto 1076/92 que resolvió elevar en un 200% la deducción especial cuando se trate de ganancias derivadas del desempeño de cargos públicos, trabajo personal en relación de dependencia y jubilaciones, pensiones, retiros o subsidios incluidos en ellos.

 

Opinión

Selección laboral mediante inteligencia artificial: discriminación, prueba y deberes de gobernanza
Por Ignacio Adrián Lerer (*)
opinión
ver todos

El verdadero diferencial no es la excelencia jurídica
Por Martina Canevari
Xtrategia Group


No todo lo que decide un árbitro es un laudo
Por Juan Javier Negri
Negri & Pueyrredón Abogados

detrás del traje
Nos apoyan