ARBA Reglamentó la Devolución de Saldos a Favor en Ingresos Brutos
La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA), reglamentó el procedimiento que deben tener en cuenta los sujetos sometidos al sistema de liquidación presunta, para solicitar la devolución de los saldos a favor correspondientes al período fiscal 2008. A pesar del revés judicial sufrido ante el reclamo de los abogados bonaerenses, donde la Justicia se pronunció a favor de la no aplicación del sistema presuntivo, ARBA profundiza el sistema de preliquidación impositiva online denominado Arbanet, reglamentando el procedimiento que deben seguir tanto las empresas como los particulares para recuperar los Ingresos Brutos retenidos en exceso. De esta manera, ARBA dispuso el procedimiento para la devolución de los saldos a favor, lo que ocurre cuando al confrontar el monto total de los anticipos mensuales, el cual es calculado por el fisco bonaerense, con el importe de la obligación anual, surgen diferencias a favor de los contribuyentes. De acuerdo a lo establecido en la resolución normativa 47/2009, dicha devolución se realizará de oficio cuando los contribuyentes o responsables hubiesen prestado conformidad a la liquidación anual efectuada por ARBA. Es importante resaltar, que el impuesto retenido en exceso será devuelto, si se reúnen ciertas condiciones, tales como haber confirmado la liquidación, no adeudar Ingresos Brutos correspondientes a períodos no prescriptos, así como no encontrarse bajo fiscalización.

 

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