Certificarse como Empresa B: ¿Es necesario?

Por María Ximena Pérez Dirrocco
Alchouron, Berisso, Brady Alet, Fernández Pelayo & Balconi Abogados

 

Cada vez son más las empresas que nacen con un propósito, no sólo de obtención de ganancias, sino de generar un impacto positivo en la sociedad o en el medio ambiente. Y como es lógico, estas empresas quieren dar a conocer su visión, y quieren cumplir con todos los requisitos legales que hacen a este tipo de empresas.

 

Frente a ello, surge la inevitable pregunta: ¿es necesario certificarse como Empresa B? Como primera respuesta, es preciso aclarar que no es un requisito legal que estas empresas se certifiquen como “Empresas B”. En este sentido, si bien existe un proyecto de ley presentado y un anteproyecto sobre el tema, las Empresas B no se encuentran actualmente reguladas en nuestro país. En consecuencia, no existe ninguna normativa que requiera la obtención de este tipo de certificación.

 

Hoy en día la certificación a las empresas B en Argentina –y en otros países del mundo- la realiza una empresa privada, denominada “Sistema B”. En un futuro, de contar con una regulación, sería deseable que el Estado pudiera otorgar la certificación. Sin embargo, por el momento ello no ocurre. Cabe asimismo señalar que el anteproyecto de ley preparado por los asesores de Sistema B (el “Grupo Jurídico B”) y anunciado por el Presidente Mauricio Macri el pasado 18 de agosto de 2016, no exige certificación alguna, ni por parte de Sistema B, ni por parte del Estado, a diferencia del proyecto de ley presentado por la Diputada Cornelia Schmidt Liermann, en el cual sí se plantea una certificación a ser otorgada por parte del Estado.(1)

 

¿En qué consiste la Certificación que otorga Sistema B?

 

La certificación intenta vencer desconfianza que suele existir respecto de las empresas que persiguen fines de lucro, pero que a la vez propician intereses públicos y generales, dándole una identidad propia a este tipo de empresas. Propone un estándar claro y unívoco sobre las empresas que se proclaman sustentables, o amigables con la ecología y el medio ambiente; establecido por un tercero independiente respecto de la empresa. Intenta asimismo evitar el efecto conocido como “greenwashing” que se da cuando las empresas se proclaman como “verdes”, “sustentables” o “responsables”, pero que en la práctica actúan de manera diferente, desdibujando el verdadero significado de tales términos. Se pretende con la certificación co-construir una voz colectiva que indique pertenecer a la comunidad de Empresas B reconocidas bajo una única marca.

 

El proceso de certificación que realiza Sistema B utiliza una herramienta denominada “B Impact Assessment” (herramienta de evaluación de impacto B), y consta de 6 pasos:

 

Evaluación de las prácticas de la empresa con relación a las siguientes áreas: gobernanza, trabajadores, medio ambiente y comunidad. Se evalúa asimismo el modelo de negocios.  Llamada de revisión, sobre aquellos aspectos que así lo requieran. Para poder seguir adelante con el proceso, la empresa debe haber obtenido entre 80 y 200 puntos.(2) Entrega de documentación respaldatoria. Firma de hoja de términos de Sistema B, en donde se explicitan los deberes y derechos como Empresa B y se hace oficial el ingreso a la comunidad de Empresas B Certificadas. Modificación de estatutos. Pago de certificación.

 

Con respecto al punto 6), las sumas anuales que cobra Sistema B varían según el nivel de facturación de la empresa. Las tarifas van desde los U$S 500 para empresas que facturan menos de U$S 999.999 hasta los U$S 50.000 para empresas que facturan más de U$S 1.000.000.000 anuales.(3)

 

Para poder participar del proceso de evaluación, las empresas deben tener un mínimo de 12 meses funcionando previamente. La certificación debe renovarse cada dos años.

 

La empresa que obtiene la certificación asume un compromiso de considerar no sólo sus propios intereses, sino también los intereses de sus colaboradores, empleados, la cadena de valor en el mercado en el que opera, las comunidades afectadas y el medio ambiente; actuando con transparencia y generando al mismo tiempo las utilidades financieras que toda empresa persigue.

 

A diferencia de las ISO, que solamente certifican la estandarización de un proceso específico, la certificación de Sistema B se refiere a un conjunto de procesos, como lo es toda la operación de una empresa.

 

¿Por qué querría certificarse una empresa bajo las pautas de Sistema B?

 

Si bien no existe un requisito legal para que una empresa que tiene un propósito de lucro sumado a uno social y/o ambiental se certifique como Empresa B, lo cierto es que muchos empresarios buscan tener la certificación de Sistema B. Se trata de una marca que está adquiriendo peso en el mercado de empresas sustentables. Es por ello que muchos buscan pertenecer a su ámbito.

 

Los beneficios que proclama Sistema B por acogerse a su certificación, son los siguientes:

 

Pertenencia a un movimiento global de nuevas fuerzas económicas. Protección de la misión de la empresa, al recomendar cambios estatutarios que favorecen y previenen potenciales conflictos. Acceso a una herramienta de mejora continua que permite aumentar el impacto positivo de manera permanente. Acceso a inversionistas de impacto. Acceso a nuevos clientes. Atracción de talentos profesionales. Posicionamiento en medios de comunicación, eventos masivos, foros y seminarios. Beneficios que le permiten un ahorro, como asesoría pro bono o descuento en programas informáticos.

 

La certificación cumple un papel importante a los efectos de diferenciar a las empresas que realmente impactan positivamente en la sociedad y/o en el medio ambiente, de aquellas empresas que por el contrario simplemente enuncian tales fines en sus respectivos estatutos, pero que en la práctica no los cumplen. 

 

Sin embargo, considero que sería deseable que un organismo estatal pudiera llevar a cabo el proceso de certificación a valores que resulten más accesibles, para alentar a que un mayor número de empresas puedan postularse y obtener la misma. 

 

¿Qué pasa si no certifico mi empresa como Empresa B?

 

Cada empresa deberá analizar si los beneficios que la certificación ofrece, son a la medida del plan de negocios de la empresa y del estado de situación en el que la misma se encuentra.

 

Es preciso tener en cuenta que el hecho de no contar con la certificación de Sistema B, no la hace parte de su comunidad, pero no implica incumplir ningún requisito legal. Es así que, una empresa puede perfectamente tener un propósito de fin de lucro a la vez que un propósito social y/o ambiental, sin certificarse como Empresa B. Podrá incluso expresarlo así en su estatuto o contrato social, y aún así, no certificarse.

 

Asimismo, cabe señalar que en caso de promulgarse la ley sobre Sociedades de Beneficio e Interés Colectivo (“BIC”) proyectada por el “Grupo Jurídico B” y anunciada recientemente por el Presidente, la certificación de Sistema B no será requerida por la ley. En efecto, en dicho proyecto de ley no se prevé certificación alguna, ni a ser otorgada por Sistema B, ni por ninguna otra empresa o institución. Es decir, certificarse como Empresa B por Sistema B continuará siendo una elección. Lo que exige el proyecto de ley de Sociedades BIC en su artículo sexto es la presentación ante el Registro Público de Comercio y en medios de comunicación masivos, de un reporte anual certificado por un tercero independiente matriculado, que dé cuenta del cumplimiento de las acciones con impacto social y/o ambiental positivo llevadas a cabo por la empresa.

 

Conclusiones

 

Afortunadamente, cada vez son más las empresas que eligen no sólo generar ganancias sino también impactar positivamente en la sociedad y/o el medio ambiente. La firma “Sistema B” ofrece una certificación en base a determinados estándares, la cual ya ha alcanzado un determinado prestigio en el mercado de empresas sustentables. Está en cada empresa decidir solicitar la certificación que Sistema B ofrece, ya que ello no es un requisito legal. No lo es en el estado actual de la legislación, ni lo será en el caso de sancionarse el proyecto de ley sobre Sociedades de Beneficio e Interés Colectivo. Para tomar tal decisión, deberá evaluar los beneficios que Sistema B proclama aportar a las empresas que obtienen la certificación, sopesando el pago anual que dicha firma cobra como contrapartida. Sería deseable que en un futuro la certificación pudiera otorgarla el Estado, a valores más accesibles.

 

 

 

Para mayores referencias sobre los proyectos de ley en Argentina sobre Empresas B ver mi artículo publicado en Abogados.com el 19/07/16: http://www.abogados.com.ar/proyectos-de-ley-sobre-empresas-b-en-argentina/18522?utm_content=buffer4841a&utm_medium=social&utm_source=twitter.com&utm_campaign=buffer  La empresa Natura obtuvo una de las calificaciones más altas: 111 puntos. El promedio del resto de las empresas que obtienen la certificación es de 98 puntos.  Tarifas anuales vigentes desde el 1/07/2013.

 

 

Alchouron, Berisso, Balconi, Fernandez Pelayo & Werner
Ver Perfil

Artículos

La Cláusula sandbagging en los Contratos M&A – ¿Puede el comprador reclamar por incumplimientos conocidos del vendedor?
Por Fernando Jiménez de Aréchaga y Alfredo Arocena
Dentons Jiménez de Aréchaga
detrás del traje
Matías Ferrari
De CEROLINI & FERRARI ABOGADOS
Nos apoyan