Competencia originaria de la C.S., 18/6/2026 “Correo Oficial de la República Argentina c/Córdoba, Provincia de s/acción declarativa de inconstitucionalidad”

Inconstitucionalidad de los arts. 20 y ccdtes. Del Código Tributario de la Provincia de Córdoba, decreto reglamentario y leyes impositivas en que la Provincia funda su pretensión de gravar con impuesto de sellos e inmobiliario la actividad de la actora. Se admite la medida cautelar, dado que las ejecuciones fiscales fueron promovidas con posterioridad a la acción declarativa.

 

 

Opinión

Selección laboral mediante inteligencia artificial: discriminación, prueba y deberes de gobernanza
Por Ignacio Adrián Lerer (*)
opinión
ver todos

El verdadero diferencial no es la excelencia jurídica
Por Martina Canevari
Xtrategia Group


No todo lo que decide un árbitro es un laudo
Por Juan Javier Negri
Negri & Pueyrredón Abogados

detrás del traje
Nos apoyan