Consideran Justificado un Despido por Mal Uso del Correo Electrónico
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo consideró justificado el despido de un hombre que había utilizado el correo electrónico y el sistema informático brindado por la empresa en la que se desempeñaba, para enviar mensajes sexistas, así como también difamatorios acerca de algunos compañeros de trabajo. Los jueces, entendieron que se había producido una violación a la política de la empresa con relación al uso de los materiales de trabajo, violándose claramente lo establecido en el Manual de Conducta de la misma, donde se establece la utilidad que se le debe dar al correo electrónico y al uso de internet. Los magistrados que componen la Sala IV, en los autos caratulados “Lodigiani Roberto Horacio c/ Central Multiservicios S.R.L. s/ despido”, entendieron que el mensaje enviado por el trabajador no constituía una broma inocente, sino que el mensaje denigrante a pesar de haber sido enviado a algunos compañeros de trabajo, tenía la intencionalidad de que fuese conocido  por el resto del personal, contrariando el deber de actuar de buena fe propio de un buen trabajador, que exige el artículo 63 de la Ley de Contrato de Trabajo. Los camaristas, consideraron que la conducta del trabajador, había sido temeraria y desafiante a la autoridad de la empresa, por lo cual el despido sobre el mismo resultaba justificado. Por otro lado,  sostuvieron que si bien del peritaje informático no se había podido demostrar que el mail hubiera sido enviado de la “bandeja de salida” de dicha casilla, se logró demostrar en la “bandeja de entradas” de las computadoras de uno de los testigos el aludido mensaje que había sido enviado de la computadora del trabajador despedido.

 

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