Declaran Nulidad del Procesamiento de Pedro Pou en Causa por Enriquecimiento Ilícito

En el marco de una causa por enriquecimiento ilítico, la Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional Federal declaró la nulidad del procesamiento del ex presidente del Banco Central de la República Argentina, Pedro Pou.

 

En la causa “Pou, Pedro s/ procesamiento”, los jueces que integran la Sala II, tras señalar que “la declaración de nulidad de algún acto  puede ser decretada de oficio, en cualquier instancia, cuando se comprueban omisiones, violaciones o defectos que comprometan el orden público”, determinaron que “los fundamentos desarrollados por el juez de grado no se tradujeron en una “clara, precisa y circunstanciada” determinación de los hechos en función de la prueba recogida, en consonancia con las exigencias de la normativa procesal”, por lo que “la decisión atacada no resulta una derivación razonada del derecho vigente que permita considerarlo como un acto jurisdiccional válido”.

 

En tal sentido, los camaristas señalaron que “para sostener la figura típica el magistrado de grado se basó en los antecedentes que emanan de las declaraciones juradas presentadas por Pedro Pou, que por ley se le impone materializar”.

 

“Se advierte de la mera lectura del auto recurrido, que se redujo la investigación a una simplificación numérica en base a la diferencia existente entre lo consignado en las DD.JJ. y las constancias reunidas en la causa que daban cuenta de un valor distinto”, expresaron los magistrados, señalando que “lo relevante hubiese sido determinar si esas acciones que se encontraban en su acervo, hallaban correlato con sus ingresos y no amparase en una diferencia que en sí misma no habilita la imputación de la conducta típica investigada”.

 

A ello, los camaristas añadieron que “en este tipo de delitos cuanto se reprocha es la decisión del funcionario público de incrementar su patrimonio en forma apreciable e injustificada”.

 

“La norma penal prevé un mecanismo propio de la investigación en donde se asienten todos los aspectos de la situación patrimonial que se consideren injustificados, vale decir, la formulación detallada de una imputación que posibilitará que ella pueda ser desvirtuada”, remarcaron los camaristas.

 

Al declarar la nulidad del procesamiento, los camaristas le ordenaron al juez Norberto Oyarbide, quien instruye el presente caso, que profundice la investigación de acuerdo a lo explicado en la presente resolución.

 

 

Opinión

Agronegocios en Paraguay y su potencial para transformar la economía informal
Por Esteban Acha
Altra Legal
detrás del traje
María José Rodríguez Macías
De BRONS & SALAS
Nos apoyan