A través de la Comunicación “A” 8129 de fecha 7 de noviembre de 2024, el Banco Central de la República Argentina (“BCRA”) modificó las Normas Cambiarias relativas al repago de endeudamientos financieros.
En primer lugar, se modificaron los términos y condiciones en virtud de los cuales los residentes que deban realizar pagos de servicios de (a) deudas financieras con el exterior, o (b) títulos de deuda locales pueden acceder al Mercado Libre de Cambios con anterioridad a los plazos admitidos por la normativa general.
En tal sentido, los residentes podrán acceder al Mercado Libre de Cambios con anterioridad al vencimiento de dichos servicios en tanto (i) los fondos adquiridos sean depositados en cuentas en moneda extranjera de su titularidad abiertas en entidades financieras locales; (ii) el acceso se realiza dentro de los 60 días corridos previos a la fecha de vencimiento del pago a realizar; (iii) el acceso se realiza por un monto diario que no supere el 10% del monto que se pagará al vencimiento; y (iv) la entidad financiera interviniente haya verificado que el endeudamiento, cuyo servicio será cancelado con estos fondos, cumple con la normativa cambiaria vigente por la que se admite dicho acceso.
En segundo lugar, el BCRA estableció que a efectos de acceder al Mercado Libre de Cambios para realizar una transferencia al exterior para el pago de capital de títulos de deuda emitidos a partir del 8 de noviembre de 2024, el pago deberá tener lugar una vez transcurridos 365 días corridos desde su fecha de emisión.
Por Diego Serrano Redonnet y Alejo Muñoz de Toro
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