En Guatemala: Avances en la emisión de acciones en la Bolsa de Valores Nacional, S.A.

Por Maria Inés Arenales
LatamLex Guatemala

 

En Guatemala, existe el mercado de valores, el mercado bursátil y extrabursátil y la oferta pública de valores, mercancías, contratos sobre éstas y contratos singulares o uniformes en bolsas de comercio; los cuales se encuentran regulados por la Ley del Mercado de Valores y Mercancías.  Dicho cuerpo normativo data de los años noventa, no obstante, hasta el momento el mercado bursátil y la oferta pública de acciones son territorios poco explorados y desarrollados por empresarios guatemaltecos.

 

Como sabemos, para que una empresa pueda realizar sus actividades, cumplir con sus objetivos y desarrollar nuevos proyectos, necesita buscar formas de agenciarse de capital y lo realiza a través de distintos medios que le permiten captar fondos; es decir, a través de fuentes de financiación.  Existen distintas clasificaciones de las fuentes de financiación: ya sea que se atienda al plazo de devolución, al origen de la financiación, a la titularidad de los fondos, entre otros. En esta ocasión, nos ocuparemos del financiamiento externo.

 

La financiación externa se refiere a la captación de capital que los empresarios obtienen por parte de terceros: entre los cuales encontramos los créditos bancarios, y la emisión y circulación de acciones; ambas clases de financiación pueden considerar un retorno a mediano o largo plazo. Se trata pues, en el primer caso de una deuda que adquiere la sociedad y en el segundo, de una inyección al capital de la entidad. En una se aumenta el pasivo de la sociedad y en la otra, incremente el capital y el activo de la entidad. La diferencia principal entre una u otra opción, radica en la forma en que está integrado el capital social: en la primera opción los empresarios mantienen el capital de la entidad privado, es decir, que el capital de la sociedad se mantiene intacto y no hay cambio en la estructura accionaria; mientras que en la segunda opción, el capital de la entidad es público, es decir que está abierto a oferta pública y por ende cualquier persona puede adquirir acciones de la entidad, produciéndose un cambio en la estructura accionaria de la entidad. Consecuentemente, una entidad de capital privado es sujeta a las leyes ordinarias y una entidad de capital púbico es una entidad regulada y por tanto sujeta a leyes ordinarias y a leyes y regulaciones específicas sobre la materia tanto de la Bolsa de Valores Nacional, S.A. como del Registro de Mercado de Valores y Mercancías.

 

La primera opción representa un riesgo menor para el empresario, en cuanto a que el capital de la entidad permanece invariable; mientras que en la oferta pública de acciones, la participación accionaria de los accionistas iniciales se ve diluida y en la toma de decisiones de la sociedad se puede ver involucradas personas ajenas al negocio.  Para evitar estos riesgos, se prevé la emisión de distintas clases de acciones.  Por ejemplo, la emisión de acciones preferentes, las cuales aseguran al inversor la preferencia en la distribución de utilidades (en este caso, se establece un porcentaje mínimo para el retorno del dividendo).  Si bien las acciones preferentes conceden derecho a voto, éste se limita a deliberaciones de Asambleas Extraordinarias. Adicionalmente, debe considerarse que los intereses que cobran los bancos y las sanciones por pagar anticipadamente la deuda son mayores a los dividendos que se otorgan a las acciones que se ofertarán.

 

De las opciones anteriores, la mayoría de empresarios guatemaltecos optan por obtener créditos bancarios; pero en diciembre de 2014, fue la primera vez que una entidad guatemalteca de capital privado realizó una oferta pública de acciones preferentes en la Bolsa de Valores Nacional, S.A. como una alternativa al tradicional préstamo bancario para el desarrollo y crecimiento de la empresa. En el momento que una entidad realiza por primera vez una oferta pública (conocida en inglés como Inicial Public Offering -IPO-), deja de ser una entidad de capital privado y se convierte en una entidad de capital público, para lo cual, la sociedad emisora debe cumplir con una serie de requisitos y someterse a la vigilancia de instituciones públicas.

 

Como Abogados de la entidad emisora, tuvimos la oportunidad de asesorarla en el cumplimiento de requisitos corporativos y regulatorios para la colocación de las acciones preferentes en la Bolsa de Valores Nacional, S.A. y establecer estrategias que redujeran los costos de nuestro cliente en el agenciamiento de capital y en la seguridad y solidez de la estructura corporativa de la entidad. Desde la elaboración del Prospecto, en el que se incluye información relativa a las acciones que se ofertarán e información de la entidad emisora, incluyendo el respaldo contable para la operación; hasta la emisión de los títulos que circularán.  En la creación del proyecto participamos Abogados, Contadores y Auditores, el Agente Colocador, la Casa de Bolsa y la entidad colocadora.  Fueron varios meses de preparación, pero una vez cumplidos los requisitos legales las acciones fueron colocadas en tiempo record. En este caso en específico, se colocó una emisión por US$6.5 millones que fueron adquiridos por más de 50 inversionistas privados.

 

A pesar que el mercado bursátil guatemalteco aún se encuentra poco desarrollado, la oferta pública de una entidad privada fue un gran avance en el mercado bursátil guatemalteco, el que esperamos continúe desarrollándose.

 

 

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