Con fecha 31 de octubre el BCRA emitió la Comunicación "A" 5492 que flexibiliza dos aspectos de las prefinanciaciones de exportaciones. En primer lugar, otorga más facilidades para los exportadores que no cuentan, al momento de liquidar la prefinanciación de exportaciones, con órdenes de compra o contratos de venta de mercaderías. Anteriormente, sólo podían tomar prefinanciaciones siempre que el total de prefinanciaciones y anticipos vigentes, más la nueva deuda, no superara (a) el 25% de las exportaciones realizadas durante los últimos 36 meses o (b) las exportaciones de los últimos 12 meses.La nueva norma eleva del 25% al 50% el límite del punto (a) aplicado al promedio anual de los últimos 36 meses.
No obstante, la modificación de mayor impacto consiste en el considerable aumento de los plazos para embarcar las mercaderías desde que la prefinanciación se liquida en el Mercado de Cambios. Anteriormente, la mayoría de los productos estaban sujetos a un plazo de 90 días y, en otros, 180. Con esta modificación, el plazo para embarcar se extiende a 365 días en la mayoría de los casos. Ello permite que las prefinanciaciones de exportaciones puedan tener una fecha de vencimiento de un año o más, dependiendo de cuándo el exportador lleve a cabo el embarque. Esto beneficiará a este tipo de financiaciones que se vieron muy afectadas por el acortamiento de plazos para liquidar divisas de exportación implementados en 2012.
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