La Corte Hace Lugar a Reclamo de una Pensión Presentado por la Pareja de un Homosexual
En el marco de una causa por supuesta discriminación, la Corte Suprema de Justicia de la Nación, ordenó a la Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires, que hiciera lugar a una demanda presentada por un homosexual para acceder a la pensión tras el fallecimiento de su pareja. El caso se inició luego de que la Caja de Previsión y Seguro Médico de la provincia de Buenos Aires, se negase a otorgarle una pensión a un hombre, luego de la muerte de su pareja homosexual, a pesar de la convivencia que había existido entre ambos. Si bien en primera instancia, se había hecho lugar a dicho planteo, ordenando a la caja previsional otorgar la pensión, el fallo fue dejado sin efecto por la Cámara en lo Contencioso Administrativo bonaerense, llegando el caso a la Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires. En oportunidad de entender en el caso, el Máximo Tribunal bonaerense, rechazó pronunciarse al respecto, por considerar que no era de su competencia. Según habían sostenido los abogados del accionante, en el presente caso se estaba violando la Constitución Nacional y la provincial, la Declaración Universal de los Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, entre otro tratados. Ante tales planteos, la Corte Suprema de Justicia de la Nación, consideró que el Máximo Tribunal bonaerense había omitido pronunciarse sobre las cuestiones planteadas en cuanto a la interpretación de los tratados internacionales en materia de discriminación. Entendiendo que dicho tribunal había actuado con un rigor formal al rechazar la demanda, la Corte decidió hacer lugar a los planteos expresados en la demanda del accionante, considerando que existía un riesgo de cometer un agravio de difícil reparación, entendiendo ello en base a la delicada situación de salud indicada por el apelante, el tiempo transcurrido y la índole de los derechos en juego. Según fue expuesto en el fallo dictado por los ministros Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Carlos Fayt, Enrique Petracchi y Juan Carlos Maqueda, el rechazo emitido por el Máximo Tribunal bonaerense, no condice con la extrema cautela con la que deben actuar los jueces,  ordenándole a dicho tribunal evaluar tratados internacionales contra la discriminación, debido a que en el presente caso, se ponían en tela de juicio temas de derecho fundamentales.

 

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