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                    Viernes 18 de Julio de 2008
                
                
                Legislatura Porteña Obliga a Prepagas a Brindar Mayor Información
                
                
                
                
                
                    
                    La Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires sancionó una ley por medio de la cual se le exige a las empresas de medicina prepaga que presten sus servicios en el ámbito de la Ciudad, a informar a sus afiliados, sobre los beneficios que se encuentran contemplados en el Plan Médico Obligatorio.
Según informaciones presentadas por la Defensoría del Pueblo, Defensa al Consumidor, y la Asociación de Defensa de los Consumidores y Usuarios de la Argentina, se produce un manifiesto incumplimiento de la obligación de comunicarle a los afiliados los servicios del Plan Médico Obligatorio. Tal práctica es común tanto en obras sociales como empresas de medicina prepaga.
Tal norma, pretende dar una solución, a la gran cantidad de denuncias existentes contra las empresas de medicina prepaga por el incumplimiento de los beneficios que se encuentran establecidos en la ley 24.754, la cual impone las prestaciones obligatorias.
La normativa, establece que toda publicación, contrato o cartilla de prestaciones que sea entregada al afiliado, deberá contener de manera obligatoria en su primera página, el listado completo de los beneficios que el Estado obliga a prestar.
Según establece la ley, aquellas empresas que omitan el cumplimiento de lo establecido por la misma, serán sancionadas con multas, las cuales serán establecidas por la autoridad encargada de su aplicación.
                
                
                 
                
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