Nicholson y Cano Abogados y Pérez Alati, Grondona, Benites & Arntsen asesoraron en nueva emisión de obligaciones negociables por parte de S.A. San Miguel A.G.I.C.I. y F. por US$ 16.072.840

S.A. San Miguel A.G.I.C.I. y F. (la “Emisora”, o “San Miguel”, en forma indistinta), líder mundial en el procesamiento de productos derivados del limón con valor agregado, culminó con éxito la emisión de obligaciones negociables simples serie XI adicionales (las “Obligaciones Negociables Serie XI Adicionales”), emitidas el 25 de noviembre de 2024, en el marco de su programa global de emisión de obligaciones negociables simples por un valor nominal de hasta US$ 250.000.000. Los fondos obtenidos de la colocación de las Obligaciones Negociables Serie XI Adicionales, serán aplicados en la integración de capital de trabajo y el refinanciamiento de pasivos de corto plazo de la Emisora. 

 

Con sede en la Provincia de Tucumán, San Miguel se dedica al procesamiento de productos derivados del limón con valor agregado, alcanzando el 15% de la molienda global de limón. San Miguel es reconocida por sus más de 200 clientes en más de 50 países como un proveedor de ingredientes naturales provenientes de cítricos confiable que maneja altos estándares de calidad.

 

Las Obligaciones Negociables Serie XI Adicionales, se emitieron por un valor nominal de US$ 16.072.840 (Dólares Estadounidenses dieciséis millones setenta y dos mil ochocientos cuarenta), están denominadas en dólares estadounidenses y son pagaderas en Dólares Estadounidenses en el país; a una tasa de interés fija del 9,50%nominal anual, con vencimiento el 14 de octubre de 2026.

 

Excepto por la fecha de emisión y liquidación, el precio de emisión y la fecha de su integración, las Obligaciones Negociables Serie XI Adicionales tienen los mismos términos y condiciones que las obligaciones negociables serie XI emitidas por San Miguel el 14 de octubre de 2024 por un valor nominal de US$ 18.037.687, constituyendo una única serie y siendo fungibles entre sí.

 

San Miguel recibió asesoramiento por parte de Nicholson y Cano Abogados, mientras que Pérez Alati, Grondona, Benites & Arntsen asesoró a Banco Santander Argentina S.A. y Banco de Galicia y Buenos Aires S.A.U. en su carácter de organizadores y colocadores, y a StoneX Securities S.A., Cohen S.A., Balanz Capital Valores S.A.U., Mills Capital Markets S.A., Puente Hnos. S.A., Bull Market Brokers S.A., Allaria S.A., PP Inversiones S.A., Neix S.A., y Banco Supervielle S.A., en su carácter de colocadores.

 

Asesores legales de S.A. San Miguel A.G.I.C.I. y F.: 

 

Nicholson y Cano Abogados: Socio Marcelo Villegas. Asociados Juan Martín Ferreiro, Jesica Pabstleben y Dario Pessina.

 

Asesores legales de los organizadores y de los colocadores:

 

Pérez Alati, Grondona, Benites & Arntsen: Socio Diego Serrano Redonnet. Consejero Alejo Muñoz de Toro. Asociados Juan Ignacio Rodriguez Goñi y Tamara Friedenberger.

 

 

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