Ordenan a Empresa de Salud Brindar Servicios de Enfermería Durante las 24 horas a un Menor
Una empresa de salud fue obligada a brindar asistencia de servicios de enfermería durante las 24 horas a un menor determinado, luego de que la misma suspendiese el servicio repentinamente sin justificación alguna. Un juez en lo Civil y Comercial de Jujuy, condenó a la empresa a prestar el servicio durante las 24 horas del días, tras determinar que el servicio había sido suspendido de forma sorpresiva y sin fundamento alguno. El magistrado Josó Luis Caldero, en los autos caratulados “Almenar, Andrés Federico c/ OSDE Binario”, tuvo en cuenta para fallar en tal sentido, que el menor necesita de los especiales cuidados médicos sin interrupción. El juez, al hacer lugar a la demanda  cautelar autosatisfactiva, consideró que en caso de no prestarse el servicio, el menor se encontraría en riego, por lo cual ordenó a la empresa de medicina prepagas prestar los servicios necesarios.  

 

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De CEO – MRC CONSULTANTS AND TRANSACTION ADVISERS, SL (ESPAñA), SUBSIDIARIA DE VEOLIA ENVIRONNEMENT ET INGENIERIE COUNSEIL SAS (FRANCIA)
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