Otorgan Pensión por Fallecimiento de Afiliado en Actividad

Al considerar que resultaba aplicable el criterio de proporcionalidad en los aportes del causante, la Cámara Federal de Apelaciones de la Seguridad Social confirmó una sentencia de primera instancia que hizo lugar al beneficio de pensión por fallecimiento de un afiliado en actividad, debido a que de haber mantenido el causante la misma tasa de aportación que registraba hasta su fallecimiento, al cumplir los 65 años habría superado los 30 años de servicios.

 

En la causa “Diaz Julia Dominga c/ ANSeS s/ pensiones”, el Juzgado Federal de Primera Instancia Nro. 5 de la Seguridad Social había hecho lugar a la demanda presentada por la actora, por lo que revocó la decisión cuestionada y dispuso que en el plazo de 30 días de notificada, la accionada otorgue la pensión, ante la cual la demandada presentó recurso de apelación.

 

La Sala III de la Cámara Federal de Apelaciones de la Seguridad Social compartió la decisión de primera instancia, al considerar que “la posición de la quejosa se sustenta en una interpretación de los elementos arrimados a la causa guiada por un excesivo rigor formal contrario a las pautas de hermenéutica en la materia”.

 

Al confirmar la sentencia apelada, los jueces explicaron que “dado que de haber mantenido el causante la misma tasa de aportación que registraba hasta su fallecimiento ocurrido el 8.9.05 a los 48 años de edad (ANSeS reconoció a esa data 19 años 9 meses y 29 días de servicios con aportes), al cumplir los 65 años habría superado los 30 años de servicios con aportes requeridos para acceder a la prestación por vejez.(Cfr.Sala III, Sentencia 115674 del 26.12.06 in re 7863/05 "Scarimbolo Jose Juan c/ANSeS s/jubilación y retiro por invalidez" y C.S.J.N. "Pinto Ángela Amanda c/ANSeS s/pensiones", 6.4.10)”.

 

En virtud de la aplicación del criterio de proporcionalidad en los aportes del causante, en la sentencia dictada el 6 de octubre del año pasado, los camaristas confirmaron lo resuelto en la sentencia atacada.

 

 

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