Procesan al Presidente de una Empresa por no Depositar los Aportes Retenidos de los Trabajadores
La Cámara en lo Penal Económico confirmó el procesamiento del presidente de una sociedad por no haber depositado los aportes retenidos, los cuales corresponden a los empleados de dicha empresa. Los miembros de la Sala A, en los autos caratulados “Seguridad Prosser S.A. c/ Casón Rodrigo s/ infracción ley 24.769”, ratificaron el procesamiento sobre el presidente de una empresa, la cual había alegado no haber depositado los aportes retenidos debido a una crisis económica que se encontraba atravesando. Los magistrados, expresaron, que no podía ser invocada una crisis empresaria para justificar la falta de depósito de los aportes de los trabajadores. Esto se debe, a que según los letrados,  no puede entenderse como un medio apropiado para afrontar una emergencia la retención sistemática de importes percibidos o retenidos con un fin determinado. La empresa, por su parte, había alegado que no fueron depositados los aportes previsionales debido a una crisis económica en que se encontraba la misma, y a su vez, alegó, que dichos aportes no depositados habían sido incluidos en un plan de facilidades de pago que fue acordado con la Administración Federal de Ingresos Públicos. Los jueces, consideraron que no puede ser entendido como justificación del comportamiento de la empresa de no depositar los aportes previsionales, las dificultades financieras de la misma. Por último, los camaristas, manifestaron que el hecho de haber incluido los aportes adeudados en un plan de facilidades de pago, no produce ningún efecto, ya que el delito se había producido con anterioridad, por lo cual corresponde confirmar el procesamiento del directivo.

 

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