Próxima Recategorización de Monotributistas
Por medio de su página web, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), recordó que el próximo 7 de septiembre, se produce el vencimiento del plazo para concretar la recategorización correspondiente al segundo cuatrimestre del 2009, determinando cuáles son los valores que deben tomarse en cuenta para efectuar el cálculo. Independientemente de que el Gobierno Nacional se encuentra desarrollando un proyecto de modificación del Régimen Simplificado, mediante el cual se ampliaría los alcances del mismo, la AFIP informó que el próximo 7 de septiembre se produce el vencimiento del plazo para efectuar la recategorización. Para realizar el presente trámite, los contribuyentes deberán calcular los ingresos brutos obtenidos y la energía eléctrica consumida durante el período septiembre 2008 a agosto 2009, mientras que en algunos casos deberá tenerse en cuenta la superficie afectada a la actividad. En caso de que los resultados obtenidos luego de realizar el cálculo con los mencionados valores resulten superiores o inferiores a los delimitados en la categoría en la que actualmente se revista, corresponderá la recategorización. Si no se produce ningún cambio, no deberá realizarse ningún cambio ya que se mantiene la categoría actual. Desde el mes de octubre de 2009, los monotributistas deberán efectuar el pago correspondiente a la nueva categoría. En su página web, la AFIP puso a disposición de los contribuyentes  la herramienta Mi Orientación, donde luego de ingresar los datos solicitados, aparece una guía orientadora en el proceso de recategorización. Mediante tal herramienta, se busca ayudar a los contribuyentes a determinar si su categoría actual se ha modificado.

 

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