La AGIP Podrá Hacer Denuncias de Índole Penal Tributario

La Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) fue autorizada, por vía de la Ley número 4661, a denunciar ante el fuero Penal, Contravencional y de Faltas de la Ciudad.

 

La Legislatura porteña determinó la facultad del organismo. De esta manera, la AGIP podrá denunciar la comisión de delitos de índole penal tributario respecto de los impuestos locales.

 

Esta capacidad se encuentra sujeta a la ejecución de una conducta punible de acuerdo a las circunstancias y elementos con los que se cuente en la denuncia.

 

En su artículo primero, la ley 4661 sostiene lo siguiente: "Denunciar ante el fuero Penal, Contravencional y de Faltas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires la presunta comisión de los delitos tipificados en la Ley 24.769 (BO N° 28.564) y sus modificatorias, respecto de los tributos locales, cuando entendiere que se ha ejecutado una conducta punible dadas las circunstancias del hecho y del elemento subjetivo”.

 

 

Opinión

Esperando a la macro (a propósito de la falta de un Plan Energético Nacional)
Por Sergio Porteiro
Abeledo Gottheil Abogados
detrás del traje
Franco Robiglio
De ROBIGLIO ABOGADOS
Nos apoyan