La Cámara Electoral Obliga a los Partidos a Depurar sus Padrones

Los partidos políticos deberán afrontar un desafío que dilatan desde hace tiempo. Se suma, además, a los requisitos que deben cumplir para adecuarse a la nueva norma de la Reforma Política, entre ellos tener 4 por mil afiliados por distrito para no desaparecer. Es que la Cámara Nacional Electoral emitió ayer un nuevo fallo a través del cual exhortó a los partidos políticos a depurar los padrones partidarios a fin de sincerar las afiliaciones. En la Argentina la cifra de afiliaciones venía aumentando desde 1983, cuando hubo una ola de afiliaciones masivas, y no se frenó en los últimos años, pese a la crisis de representatividad que se agudizó en diciembre de 2001. En el padrón de electores figuran hoy 23.313.000 argentinos, según datos oficiales de la elección 2009. Al mismo tiempo, la suma de los padrones de los partidos políticos nacionales alcanza 7.591.843 afiliados, lo que representa más de un 29% de todos los ciudadanos en condiciones de votar.

Ni los expertos, ni los funcionarios de gobierno, ponen en duda que el número de afiliaciones que tienen los partidos políticos se trata de una “ficción” que no concuerda con la cantidad de personas que participa tanto en la elección interna como en la vida activa de los partidos. En este sentido, el fallo de la Cámara destaca que “la transparencia en los registros de afiliación se encuentra íntimamente relacionada al derecho de participación democrática, ya que afiliarse a un partido constituye la expresión plena del ejercicio de un derecho político al amparo del artículo N´ 37 de la Constitución Nacional”. Por otra parte, el texto considera que “la permanente depuración y actualización de los registros y padrones de afiliados, resulta indispensable para garantizar su certeza y exactitud, de modo tal que aquellos reflejen adecuadamente la composición del cuerpo electoral partidario”.

El fallo de la Cámara Electoral llama a los partidos a que adopten las medidas necesarias tendientes a sincerar el estado de las afiliaciones pero que sea con las garantías correspondientes. La Cámara pone el acento en que el proceso de reafiliación debe responder al debido proceso legal: “Tales procesos requieren garantías a fin de que todos los afiliados estén en condiciones reales de manifestar su voluntad”, destaca el texto. Y apunta a que exista publicidad suficiente, en orden a lograr una adecuada y eficaz difusión”. Asimismo menciona que es necesario establecerse “un trámite simple –que, por no tratarse de una nueva afiliación sino de la ratificación de la anterior, no se halla sujeta a nuevos requisitos ni es pasible de aceptación o rechazo por parte de la agrupación– y un plazo razonable –que, por consiguiente, no sea exiguo– para realizarla”.

Los plazos de la “Ley de democratizacion de la representación politica, la transparencia y la equidad electoral”, para que las fuerzas políticas se adecuen a los nuevos requisitos, vencen en menos de un mes. Aunque tal como lo adelantó El Cronista, la Cámara Electoral flexibilizará en los próximos días esos plazos, dando así un poco de oxígeno a los partidos pequeños que hoy están complicados para reunir la cantidad de afiliados.
 

 

Fuente: Cronista.com

 

 

Opinión

Aportes irrevocables a cuenta de futuras suscripciones de acciones y nuevas normas de la IGJ: ¿resurgimiento como opción de financiamiento?
Por Dolores M. Gallo
Barreiro
detrás del traje
Diego Palacio
De PALACIO & ASOCIADOS
Nos apoyan