Mediante la resolución general N° 1.063 (en adelante, la “Resolución”), la Comisión Nacional de Valores (en adelante, la “CNV”) crea dos nuevos regímenes especiales para la tramitación y autorización de oferta pública automática de fideicomisos financieros.
Este esquema – que da continuidad al proceso de consulta pública iniciado a través de la resolución general N° 1056 de la CNV – es aprobado con el objetivo de continuar con la simplificación de procedimientos y la promoción del desarrollo del mercado de capitales.
La Resolución contempla un sistema escalonado, que otorga mayores niveles de independencia a los fideicomisos financieros conforme acumulen una mayor cantidad de emisiones en el mercado de capitales:
(i) Régimen de trámite abreviado: disponible para aquellos emisores que hayan realizado al menos cuatro emisiones en total, de las cuales dos sean dentro del último año. En este caso, podrán solicitar la autorización de oferta pública automática por trámite abreviado.
(ii) Régimen de autorización automática: aplicable a emisores que hayan alcanzado siete emisiones acumuladas, con al menos tres en el último año. Bajo este régimen, ya no se requerirá la autorización previa de la CNV para acceder al régimen de oferta pública.
Adicionalmente, y con el fin de garantizar la protección de los inversores y del público en general, la normativa exige que los fiduciarios que accedan a estos regímenes cumplan con el régimen informativo general y periódico, así como con todas las obligaciones de transparencia previstas para los fideicomisos financieros.
Por Agustín L. Cerolini, Martín Chindamo y Tomás Mingrone
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