Fallos
Miércoles 14 de Abril de 2010
La ONU le Solicitó al Gobierno que Avance en Materia de Libertad Sindical
Sumándose a los reclamos de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre la situación de la libertad sindical en el país, el Comité de Derecho Humanos de Naciones Unidas manifestó su preocupación al Gobierno Nacional por no otorgarle el reconocimiento de la personería gremial a la Central de Trabajadores Argentinos (CTA).
En tal sentido, el organismo de Naciones Unidas le solicitó a la administración de Cristina Kirchner que cumpla con las exigencias de los fallos de la Corte Suprema de Justicia adversos al monopolio de la representación gremial de la Confederación General del Trabajo (CGT), así como también el cumplimiento de lo establecido por el Convenio 87 de la OIT en materia de libertad sindical.
Con relación a este tema, es importante resaltar que el fallo de la Corte Suprema emitido en noviembre de 2008, en el que consideró inconstitucional el artículo 41 de la ley 23.551, favoreciendo la libertad sindical, había sido considerado por la OIT como una sentencia que tiende a evitar la discriminación entre organizaciones sindicales.
En su informe, el Comité de Derechos Humanos de la ONU destacó que deben adoptarse todas las medidas necesarias para dar cumplimiento a los estándares internacionales en materia de libertad sindical.
El presente reclamo se produce un mes antes de la llegada de una comisión de técnicos de la OIT a Buenos Aires, cuyo fin es revisar las posibles modificaciones al modelo sindical local, para lo cual mantendrá reuniones con el Poder Ejecutivo, el Poder Legislativo, la Justicia y con las centrales sindicales, con el objetivo de coordinar posibles cambios en el tema.
En tal sentido, el organismo de Naciones Unidas le solicitó a la administración de Cristina Kirchner que cumpla con las exigencias de los fallos de la Corte Suprema de Justicia adversos al monopolio de la representación gremial de la Confederación General del Trabajo (CGT), así como también el cumplimiento de lo establecido por el Convenio 87 de la OIT en materia de libertad sindical.
Con relación a este tema, es importante resaltar que el fallo de la Corte Suprema emitido en noviembre de 2008, en el que consideró inconstitucional el artículo 41 de la ley 23.551, favoreciendo la libertad sindical, había sido considerado por la OIT como una sentencia que tiende a evitar la discriminación entre organizaciones sindicales.
En su informe, el Comité de Derechos Humanos de la ONU destacó que deben adoptarse todas las medidas necesarias para dar cumplimiento a los estándares internacionales en materia de libertad sindical.
El presente reclamo se produce un mes antes de la llegada de una comisión de técnicos de la OIT a Buenos Aires, cuyo fin es revisar las posibles modificaciones al modelo sindical local, para lo cual mantendrá reuniones con el Poder Ejecutivo, el Poder Legislativo, la Justicia y con las centrales sindicales, con el objetivo de coordinar posibles cambios en el tema.
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