Intento un panorama de cómo la tecnología está impactando sobre la abogacía.
Un síntoma: el prestigioso IE - Instituto de Empresa de Madrid ofrece un curso para abogados de varias semanas en California: ‘Qué puede aprender un abogado en Silicon Valley’.
Otro síntoma: las fuertes inversiones en tecnología que en estos días están realizado mega firmas legales. Po ejemplo, a fines de 2018 un consorcio de estudios norteamericanos e ingleses, resolvió invertir en una empresa tecnológica, Reynen Court, pues la consideraron estratégica.[2]
En la misma línea debe destacarse el interés por las startups legales (emprendimientos de aplicaciones en el sector). Al respecto dice un especialista: “La industria legal no es particularmente conocida por ser innovadora y con visión hacia el futuro. Esto, sin embargo, está cambiando. La lentitud de las firmas de abogados en adaptarse a los cambios tecnológicos, como ha ocurrido en otras industrias, ha abierto la puerta para que las startups (emprendimiento de base tecnológica) transformen la industria de servicios legales, en lo que hoy se conoce como “Nuevo Derecho” (New Law).” [3]
“Tres de estas incubadoras han estado en las últimas noticias, ya que han anunciado su segundo grupo de startups, y todas tienen su sede en Londres: Fuse, un espacio de innovación tecnológica abierto por Allen & Overy en septiembre pasado; MDR LAB, fundada en mayo de 2017 por Mishcon de Reya y Fintech Fast Forward, lanzado en marzo de 2017 por Slaughter y May”.
También en 2018 la prestigiosa firma francesa CMS Francis Lefebvre Avocats, ha constituido una incubadora de startups legales, y lo propio está haciendo Clifford Chance en Singapure, con su hub ‘CREATE +65’.
Aludiendo a la fiebre por las startups una publicación comenta que “Las incubadoras de tecnología legal se están convirtiendo en el Starbucks de la industria legal: hay una en casi todos los rincones del mundo. Los estudios de abogados, las Facultades de derecho, empresas y colegios de abogados los están lanzando. La ABA mantiene un directorio de incubadoras legales. La locura de la incubadoras es global, desde Singapur hasta España”.[4]
Es que se ha desatado una fiebre por las startups: “en el 2009, solo 15 nuevos startups en servicios legales figuraban en AngelList.[5] Actualmente hay más de 1.000 y, de acuerdo con Thomson Reuters, en los últimos años aumentaron un 484% las solicitudes de patentes globales para nuevas tecnologías en materia legal (legaltech) principalmente en EE.UU., China y Corea del Sur”. El reciente Congreso de la Abogacía Española incluyó un Programa Científico con un Premio Especial para Startups.
Otros cambios lo representan las nuevas formas de provisión de los servicios legales y la comunicación con el cliente, en una tendencia en parte conocida como Legal Design. Seguramente la moda se impone gracias a la labor del Legal Design Lab de Stanford, creado entre las Escuelas de derecho y la de Diseño constituido en un líder mundial en el tema: por ejemplo, Houthoff, la importante firma dinamarquesa, recientemente ha creado un Departamento de Legal Design.
Hay muchas novedades en inteligencia artificial, tanto en el área legal como en la de servicios complementarios, como las comunicaciones o hasta en los sistemas inteligentes de traducción de idiomas. Pero esto no es nuevo: recuerdo que ya en los ‘70 del s. XX se trabajaba sobre la inteligencia artificial y los sistemas expertos en su aplicación al derecho. En lo específico de la profesión, por ejemplo, en julio de 2018 Dentons fue la primera firma que en Singapur proporcionó a todos sus abogados y empleados el Contract Companion, una herramienta que aprovecha Artificial Document Intelligence ™ (ADI) para lograr una velocidad de análisis sin precedentes, mayor precisión y un mejor flujo de trabajo al revisar y corregir documentos. Y hay muchos proyectos para desarrollos conjuntos en América Latina, como por ejemplo el que recientemente informaron Cariola, destacada firma chilena, y Cognitiva, un socio de IBM.[6]
Más nueva, la tecnología blockchain (cadena de bloques) también asombra y genera inusitado por el positivo impacto que puede tener en la profesión. “La tecnología blockchain es una base de datos descentralizada que almacena registros -contabilidad digital- de activos y transacciones a través de una red peer-to-peer (entre pares). Es decir, es un registro público en el cual se consigna quién posee qué y quién tramita qué. Las transacciones se protegen a través de criptografía y, con el tiempo, el historial o registro de estas se almacena en “bloques de datos”, que se enlazan entre sí y se replican en cada computadora que utiliza la red, creando un registro inmutable e imborrable de todas las actividades efectuadas a través de la red de blockchain”.[7]
Hay también cambios en la conformación de las organizaciones legales, pues frente al tradicional estudio o firma aparecen empresas de provisión de servicios legales que con nuevas fórmulas han captado interés y provocado debate en los últimos años. Una de ellas dice que “hace algún tiempo, varias empresas estamos abocados a estructurar compañías de servicios legales para la economía del futuro, lo que implica, siempre en su concepto, destruir mitos e impulsar la evolución de una industria arraigada en el pasado”.
Hay una confrontación entre lo que se denomina New Law que desafía al Big Law. La reciente adquisición de Riverlaw por parte de EY (Ernst & Young, la mega consultora mundial), ha revolucionado el mundo.
En este panorama convulsionado, como se vio antes, las estrellas son las startups legales que producen nuevo software. Hay infinidad de nuevas herramientas para asistir a la abogacía en el ejercicio profesional y en la gestión de las firmas. Por ejemplo, un profesor de derecho creó LawMetrycs, una startup orientada a la selección de talentos legales que al poco tiempo fue adquirida por un consorcio de Facultades de Derecho de los EE. UU.
Los cambios abarcan hasta la forma de reuniones de la abogacía vinculados en la tecnología: hakhaton legales, legal jams, legal geek están reproduciéndose como hongos por todo el mundo.
En la Argentina también lo estamos viendo en muchos casos, grandes y pequeños, como el reciente de un app para celulares - Quickvorcio - un desarrollo de un abogado cordobés que recientemente motivó acciones cautelares del Colegio de Abogados de Córdoba.[8]
Finalmente la tecnología también impacta tanto en la educación y la formación legal, y la rapidez de los cambios, obligará a los abogados – como nunca – a actualizarse permanentemente
Balance
Creo que estos comentarios muestran cómo la tecnología está revolucionando la profesión de abogado en todos los niveles, desde las mega firmas mundiales hasta el abogado de a pie, y, en menor medida, y todavía en deuda en la Argentina, también en la práctica judicial.
Esto me llevó a revisar mis predicciones de años atrás[9] formuladas desde mi experiencia profesional y en la educación legal y formación de abogados y también, desde las mismas investigaciones ITCenit.[10]
Mi inquietud se refiere a la profundidad del cambio y si, como algunos afirman, amenaza la subsistencia de la abogacía como profesión.
¿Hay cambios y de qué magnitud? Intento resumirlos en el contexto que tiene a la tecnología como vedette., aunque es el propósito de esta nota profundizar las siguientes afirmaciones (aunque espero hacerlo próximamente).
En cuanto a la naturaleza misma de la profesión y a los desafíos que enfrenta, creo esta realidad confirma lo troncal de la abogacía, aunque confirma algo que había pronosticado respecto a una nueva profesión entre la abogacía y la economía (hay abogados casi exclusivamente destinados brindar información y soluciones legales, pero que no conocen el quirófano de la abogacía – los tribunales - lo que en cierta forma, quita garantías finales a lo que proveen). Hay cambios muy sustanciales en la forma como brindan sus servicios. Hay cambios muy profundos en la práctica de la abogacía, estos más acentuados en los altos niveles de la profesión. Y hay cambios (que deberían ser mucho más acentuados) en la preparación de los abogados, tanto en la educación legal como en la formación del futuro abogado. Finalmente, el abogado actual, deberá estar estudiando y formándose de manera permanente, mucho más que años atrás, y más constantemente; deberá estar muy atento a los cambios.
Primeras conclusiones
Frente a las versiones alarmistas que hablan de una profesión 'amenazada' hasta la extinción por las nuevas tecnologías, recuerdo que en el mundo siempre atemorizaron las tecnologías y los cambios. Un ejemplo trillado fueron los movimientos luditas del s. XVIII ante la aparición de los telares programables. Y aunque se escribe mucho sobre la probable desaparición de oportunidades y aun de la misma profesión, muchos otros, como Clifford Chance, ven en las TIC’s nuevas y muy brillantes oportunidades para los abogados. La tesis es simple: la proliferación de nuevas empresas en todos los campos de la industria, de la provisión de servicios, de las investigaciones, de la agricultura genera muchísimo trabajo para aquellos abogados que con conocimiento técnicos puedan acompañarlas en su evolución. El caso de Mercado Libre en Argentina y América Latina es un buen ejemplo.
Hay dos conclusiones claras: todo el trabajo repetitivo en la abogacía será eliminado y, segundo, que quien se aferre a lo antiguo y no quiera cambiar está en riesgo. Pero esto no lo generan las tecnologías sino su resistencia mental a que el mundo cambie. Y la realidad será generosa con quienes vean en esto como una oportunidad. Un ejemplo: las herramientas eléctricas para los trabajos manuales permitieron al hombre común realizar por si determinados trabajos, pero a la vez posibilitaron a los profesionales multiplicar y expandir sus servicios en forma exponencial.
El panorama y los síntomas relatados muestran una profesión impactada por las tecnologías en todos sus aspectos, en su formación, en el lugar de trabajo, en la forma como se prestan los servicios, pero antes que amenaza, debe verse como oportunidad para renovarse y resurgir pujante ante los cambios.
Es claro entonces que no veo atacado por las tecnologías el core de la profesión (en todo caso hoy hay riesgos más grandes).
Citas
[1] Titular de LYNCH & ASOCIADOS – Abogados. Fundador y ex Presidente de FORES. Director de ITCenit ( Centro de Investigaciones en Information Technology).
[2] El Director de Información de Clifford Chance, dijo que “La tecnología está desempeñando un papel cada vez más importante en nuestro esfuerzo por servir a nuestros clientes de una manera cada vez más rápida, simple, eficiente y robusta. A medida que la nueva ola de tecnologías ingresa al mercado legal, debemos considerar cómo las empresas y los clientes pueden acceder a ellos de manera segura e integrada. Vemos a Reynen Court como la pieza faltante de este rompecabezas en evolución y emocionante y estamos encantados de apoyar su progreso”.
[3] TORRES VARELA, Juan Felipe, “Startups, innovación y su impacto en la industria legal” < https://www.ambitojuridico.com/noticias/columnista-impreso/tic/startups-innovacion-y-su-impacto-en-la-industria-legal>
[4] V. The Rise of Legal Tech Incubators and Why Allen & Overy's 'Fuse' Has the Right Stuff. < https://www.forbes.com/sites/markcohen1/2018/02/12/the-rise-of-legal-tech-incubators-and-why-allen-overys-fuse-has-the-right-stuff/#3846ed8f494d>, Traducción libre
[5] Listado de startups en < https://angel.co/>.
[6] En esta misma publicación – ABOGADOS.COMAR -
[8] V.GOBBI, Marcelo, “La prohibición cautelar de una aplicación creada por un abogado”, < https://www.eldial.com/nuevo/tcd-detalle.asp?id=12220&base=50&id_publicar=&fecha_publicar=11/06/2019&indice=doctrina&suple=Practica>, y el fallo en < http://www.abogadovergara.com.ar/2019/05/colegio-de-abogados-de-cordoba-c.html>.
[9] V. LYNCH, Horacio M., “El futuro de la Abogacía”, mi conferencia inaugural de los Masters de la Universidad Austral, 1992. V. también mi trabajo “El Derecho en la Era Digital” en LL, 1996-B, 1157, “El mundo después de Internet”, en LA NACION, Sección Informática, 17Jun96, y “El futuro de la Abogacía”, conferencia en la Corporación de Abogados Católicos, 2005.
[10] En contacto con las computadoras desde la incorporación en mi firma de un sistema WANG en 1983 y luego de una primera Apple en 1985, trabajando en red desde aquellas fechas, también asesoramos por años a un importante grupo argentino de software y hardware. Más tarde, en los albores de la Revolución Digital, escribí “EL DERECHO EN LA ERA DIGITAL”, ya citado. anticipando el impacto que se produciría. Y desde 1996 con el Centro de investigaciones en Information Technology – ITCenit , seguí siendo un atento observador y consumidor de tecnología. Y por mis afanes por la justicia, la educación legal y la formación de abogados, y en El Programa de Entrenamiento para Abogados - El Arte de la Abogacía, también seguí muy atentamente la evolución de este fenómeno.
Opinión
PASBBA
opinión
ver todosNORDELTA S.A.
Alfaro Abogados
Berton Moreno IP Law
Eskenazi Corp