Ley de Defensa del Consumidor. Suspensión retroactiva de plazos

La Resolución SCI 421/2020, publicada en el Boletín Oficial el pasado viernes 2/10/20, suspendió, con carácter retroactivo, desde el 17/8/20 y mientras se encuentre vigente la suspensión de plazos establecida por el decreto 298/2020 (actualmente, hasta el 11/10/20, inclusive), los plazos procedimentales y procesales en los expedientes en trámite por la ley 24.240 (de Defensa del Consumidor), que se hubiesen iniciado, en el marco de lo dispuesto por el artículo 45 de la ley, antes del 13 de marzo de 2020.

 

La norma, en lo que aquí interesa, viene a suplir una omisión de su similar, N° 260/2020, publicada en el B.O. el pasado 3 de septiembre, que suspendió los plazos procesales y procedimentales de las leyes 25.156 (Defensa de la Competencia), 26.993 (Sistema de Resolución de Conflictos en las Relaciones de Consumo) y 27.442 (Nueva Ley de Defensa de la Competencia) y por el DNU 274/2019 (de Lealtad Comercial), pero que había omitido – evidentemente, por error – mencionar a la ley 24.240.

 

No están incluidos en la Resolución 421/2020 – ni lo estaban en la enumeración del artículo 2° de la Resolución 260/2020 - y por ello deben entenderse reanudados desde el 18/8/20, los plazos de los expedientes en trámite bajo la ley 19.511 (de Metrología Legal) y de la derogada ley 22.802 (de Lealtad Comercial).

 

Por Marcelo E. Gallo

 

 

Abeledo Gottheil Abogados
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