Ley de lealtad Comercial: Sancionan a Empresa por su Incumplimiento
La Cámara en lo Penal Económico ratificó la sanción impuesta a una compañía por quebrantar la Ley de Lealtad Comercial al no exhibir los precios de algunos productos ofrecidos en su local comercial. Los miembros de la Sala B, en los autos caratulados “Ciberclub S.A. s/ infracción Ley 22.802”,  decidieron confirmar la multa impuesta por la Dirección Nacional de Comercio Interior a Ciberclub S.A. por la suma de $ 200 mil. Los camaristas, consideraron que se produjo una infracción a los artículos 2 y 22 de la Resolución Nº 7/2002 emitida por la Secretaría de Defensa de la Competencia y del Consumidor, la cual es reglamentaria de la ley 22.802. En la mencionada resolución se dictamina que los bienes muebles y los servicios a los consumidores finales deben contener el precio de venta de los mismos. Los magistrados, resaltaron que el objetivo de la normativa es cuidar la lealtad en las relaciones comerciales, evitando que se produzcan apropiación de clientes o consumidores por medios contrarios a la lealtad que debe existir en dichas relaciones comerciales.

 

Opinión

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Por Gustavo Balconi (*)
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Gonzalo Matías Torres
De POZO GOWLAND ABOGADOS
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