La Secretaría de Comercio Interior sancionó a Cervecería y Maltería Quilmes con una multa de ARS 150 millones y ciertas medidas para limitar su capacidad de realizar exclusividades por la acreditación de un abuso de posición dominante de tipo exclusorio. La investigación, instruida por la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (CNDC), se inició en 2016 por las denuncias presentadas por las empresas Compañía Cervecerías Unidas S.A., Compañía Industrial Cervecera S.A. y Otro Mundo Brewing Company S.A.
Marval O’Farrell Mairal asesoró a Compañía Cervecerías Unidas S. A. y a Compañía Industrial Cervecera S. A., a través del equipo de Derecho de la Competencia liderado por nuestro socio Miguel del Pino junto a la asociada Ariel Irizar. Asimismo, participaron nuestro socio Rodrigo Fermín García y la asociada Alejandra Cortiñas del equipo de Litigios y Arbitrajes.
“Este es un caso increíble, uno de los pocos en los que las autoridades antimonopolio locales sancionaron a una empresa por un reclamo presentado por un competidor. En general, este tipo de asuntos comienzan por investigación de la autoridad. La sanción, tanto económica como de remedio, es la más altas que la autoridad consideró que se pueden aplicar con la vieja Ley de Defensa de la Competencia (Ley 25156). Hay otros casos de exclusividad, pero son antiguos y no de la industria cervecera. Este caso tendrá un impacto en ese mercado, así como en otros similares”, dijo Miguel del Pino sobre el caso.
La CNDC también estableció distintas medidas correctivas para impedir que se reiteren las conductas sancionadas. Entre ellas, Quilmes no podrá instrumentar ningún tipo de acuerdo comercial formal o informal con los puntos de venta que tenga por objeto o efecto generar restricciones verticales sobre los canales de comercialización con la finalidad de conseguir la exclusividad de venta, que sus productos sean la primera opción, eliminar a los competidores de las cartas, menú u otros, limitar la exhibición de los productos de la competencia a través de acuerdos de espacios exclusivos en góndolas o punteras, entre otras limitaciones.
Asimismo, se dispuso que Quilmes deberá mantener una estrategia de comercialización de sus marcas de cerveza en forma independiente del resto de las bebidas que distribuye. Por último, se estableció que los acuerdos de publicidad y promoción exclusiva de sus marcas de cerveza deberán tener una duración máxima de tres años con la posibilidad de la recisión anticipada luego del primer año y sin renovaciones automáticas, no deberán prohibir la venta de productos de la competencia, ni órdenes de preferencia en la oferta de productos, y permitirán la inclusión de los productos de los competidores en las cartas o menú.
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