Una pareja no podrá acceder a la compra de 1.030 dólares mensuales para cancelar las cuotas de una mora hipotecaria, según lo difundido por el Centro de Información Judicial (CIJ).
En su resolución, la titular del Juzgado Federal Número 2 en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo, Martina Isabel Forns, decidió rechazar la medida cautelar para no adelantar el resultado de la sentencia.
"Sin perjuicio de que los solicitantes adjuntaron copias de las consultas efectuadas ante la AFIP, las que han arrojado inconsistencias para la compra de moneda extranjera..., no puede soslayarse, que no han acreditado de ningún modo el peligro en la demora, ya que sólo refieren que la compra de dólares es necesaria para el pago de la hipoteca que han contraído sin demostración alguna de que el acreedor haya rechazado el pago en pesos de la misma”, sostuvo el magistrado.
Además, afirmó que la pareja no alegó razones urgentes en la retribución de la deuda, la cual totaliza la suma de 19.935 dólares, para que se haga viable el dictado de la medida cautelar solicitada.
Cabe señalar que desde el Juzgado Federal Número 2 afirmaron que la decisión de la jueza Forns no fue apelada por los peticionantes, por lo que la resolución continúa firme y consentida.
Opinión
Barreiro
opinión
ver todosPASBBA
NORDELTA S.A.
Alfaro Abogados
Berton Moreno IP Law