Metrovías Deberá Resarcir a una Mujer Violada en el Subte

La empresa Metrovías tendrá que indemnizar a una mujer que fue violada en una estación de la línea E de subterráneos en diciembre de 2004. La suma impuesta por la Justicia para el resarcimiento supera los 350.000 pesos.

 

En tal sentido, la jueza Cecilia Federico de la Sala H de la Cámara Civil, en una primera instancia, había sostenido que la empresa debe soportar la cláusula contractual estipulada que indica que el pasajero debe llegar sano y salvo a destino.

 

En contraposición, Metrovías alegó que “el hecho provino del accionar delictual de un tercero extraño”, lo cual resultó como un “acontecimiento imprevisible” y, por tal motivo, la empresa no se mostró de acuerdo con el fallo.

 

Además, la acusada aclaró que en 2004 "el uso de videocámaras no se encontraba difundido con el alcance que posee en la actualidad", razón por la cual "el hecho en análisis revistió el carácter de imprevisibilidad".

 

A pesar de los argumentos esgrimidos por la compañía, los camaristas Jorge Mayo, Liliana Abreu de Begher y Claudio Koper, avalaron la decisión de primera instancia argumentando que "la aparición súbita de forajidos, no es un hecho imprevisible para el empresario transportista, sino un indicativo de la habitual ausencia de medidas de prevención para resguardar los bienes y la seguridad de los pasajeros".

 

En tal sentido, sentenciaron que "de haberse encontrado presente personal de seguridad realizando la tarea de patrullaje prevista, el malviviente sin lugar a dudas se habría visto disuadido de cometer semejante delito".

 

 

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