Modifican Reintegro de IVA a Turistas Extranjeros

Por medio de la Resolución General 2945 publicada en el Boletín Oficial, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) modificó la norma que regula el reintegro del Impuesto al Valor Agregado (IVA) a turistas extranjeros y dispuso la adecuación de la norma junto con la sustitución del modelo del “Cheque de Reintegro” por un documento que reúne determinados requisitos de control.

 

La normativa menciona en los considerandos que “se incorporó una nueva empresa adjudicataria de la prestación del servicio de devolución del tributo” mediante el procedimiento oportunamente por la Resolución General 380, por lo que dispuso la adecuación de la norma citada “, a fin de contemplar dicha incorporación y sustituir el modelo de “Cheque de Reintegro” por un documento que reúna determinados requisitos de control”.

 

Entre otros puntos, la normativa establece que la adhesión de los comercios al régimen de devolución “se ejercerá mediante el pago, a una o ambas empresas adjudicatarias de la prestación del servicio de devolución, de una cuota anual de incorporación al régimen, que no podrá superar el valor de cien pesos($ 100.-), de acuerdo con lo estipulado en el pliego de bases y condiciones de la licitación respectiva”.

 

La resolución dispuso que las disposiciones de esta resolución general entrarán en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial, con excepción de las modificaciones vinculadas con los nuevos códigos de identificación unívoca del cheque de reintegro, y el código de tipo de comprobante que debe constar en la documentación a entregar a los turistas que comenzará a regir a partir del 1 de febrero de 2011.

 

 

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