Novedades para Entidades Financieras y Proveedores de Servicio de Pago (PSP)

Con fecha 10 de diciembre de 2024 se publicó en el Boletín Oficial la Comunicación “A” 8144 (la “Comunicación”) dictada por el Banco Central de la República Argentina, por la cual se restringen los pagos con transferencias y el uso de tarjetas de crédito, débito, compra y prepagas a clientes que califiquen como “contribuyentes no confiables”.

 

Así, la Comunicación dispone que las entidades financieras y los proveedores de servicios de pago (“PSP”) que cumplan con la función de aceptación de pago con transferencia, adquirencia y/o agregación o sub-adquirencia, no podrán ofrecer sus servicios a aquellas personas humanas o jurídicas que se encuentran comprendidas dentro de la “Base de Contribuyentes No Confiables” elaborada por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (“ARCA”). En estos supuestos, se deberá negar o discontinuar el servicio de aceptar pagos por transferencia o con tarjetas de débito, crédito, compra o prepagas dentro del plazo de 1 día hábil de recibida dicha información.

 

La “Base de Contribuyentes No Confiables” es una base de datos implementada por la ARCA que incluye a aquellos CUITS en los que se habrían detectado irregularidades que no han podido ser verificadas y/o constatadas, motivo por el cual se dispone la limitación del uso de algunos servicios hasta que puedan ser verificados o bien la persona responsable regularice o explique la situación irregular.

 

Para dar seguimiento de tal situación, las entidades financieras y los PSP antes referidos, deberán valerse de las notificaciones que reciban de parte de ARCA respecto de las altas y bajas en la “Base de Contribuyentes No Confiables”. Ahora bien, hasta que el organismo instrumente estas notificaciones, las entidades financieras y PSP deberán consultar de forma periódica tal base.

 

Las entidades financieras y los PSPs comprendidos en esta regulación, deberán contar con la presente regulación a partir del 16 de diciembre de 2024.

 

 

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