Nueva reglamentación del Código Aeronáutico - Decreto 378/2025

El 4 de junio de 2025 se publicó en el Boletín Oficial el Decreto 378/2025, que aprueba la reglamentación del Título V del Código Aeronáutico, relativo a los tiempos máximos de vuelo, períodos de descanso y excepciones aplicables a las tripulaciones de la aviación civil aerocomercial en Argentina.

 

La nueva normativa tiene como objetivo alinear el régimen nacional con los estándares internacionales de seguridad operacional, especialmente los establecidos por la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI).

 

Uno de los cambios más relevantes es que se otorga a los operadores mayor flexibilidad para definir sus propios tiempos de vuelo, períodos de servicio y descanso, siempre que no excedan los límites máximos establecidos en la reglamentación y se garantice la seguridad operacional.

 

En este sentido, se aprueba como Anexo I la nueva Reglamentación del Título V – Personal Aeronáutico, que establece, principalmente:

 

  • Límites concretos: 1000 horas de vuelo anuales y 120 horas mensuales como máximos generales.
  • Diferenciación por tipo de operación: reglas específicas para vuelos regulares, no regulares y transporte con helicópteros.
  • Ampliación de límites según configuración de tripulación (hasta 19 horas de vuelo con 4 pilotos y descanso horizontal).
  • Parámetros claros para descanso mínimo obligatorio y días de vacaciones.
  • Definiciones clave (fatiga, descanso, tripulación aumentada, entre otros).
  • Incorporación de Sistemas de Gestión de Riesgo Asociado a la Fatiga (FRMS) como alternativa de cumplimiento normativo, sujeta a declaración jurada y estándares mínimos.
  • Un régimen de excepciones limitado y controlado para casos operativos imprevistos o situaciones de emergencia.

Además, se deroga el Decreto 877/2021, eliminando un marco considerado restrictivo para la libertad de organización y gestión de las empresas del sector. En línea con una visión más moderna de la regulación, se privilegia un enfoque técnico, ajustado a la realidad operativa del sector.

 

El nuevo régimen entrará en vigencia el 4 de julio de 2025.

 

 

Abeledo Gottheil Abogados
Ver Perfil

Opinión

Minería Submarina: últimos avances y estado de la regulación
Por Tomás Trusso
Tanoira Cassagne Abogados
opinión
ver todos
Cielos Abiertos: comentario a la nueva actualización al Código Aeronáutico
Por Lucila Guerrero
Pérez Alati, Grondona, Benites & Arnsten



Estado de situación y desafíos en materia de electromovilidad en la Argentina
Por Ignacio González Zambón
Tanoira Cassagne Abogados

detrás del traje
Nos apoyan