Nueva Resolución UIF aplicable al sector mercado de capitales

En el día 10/05/2023 se publicó la Resolución UIF N°78/2023, aplicable a los Sujetos Obligados del mercado de capitales, que tiene por objeto establecer los requisitos mínimos para la identificación, evaluación, monitoreo, administración y mitigación de los riesgos de lavado de activos y financiación del terrorismo (LA/FT). La misma entrará en vigor el día 1 de julio y sustituirá a la actual Resolución UIF N°21/2018.

 

Las principales novedades de la Resolución UIF N°78/2023 son:

 

  • Introduce la definición de “cartera propia” en los mismos términos que la normativa de la CNV, para hacer referencia a las operaciones realizados por Agentes de Bolsa para sí, para sus sociedades controladas/controlantes o de un mismo grupo económico, o para sus parientes. A su vez, establece obligaciones aplicables a dicha operatoria, como la de efectuar un perfil de riesgo transaccional y un legajo propio.
  • En torno a la calificación y segmentación de clientes, introduce una serie de supuestos de alto riesgo que implican la necesidad de aplicación de una Debida Diligencia Reforzada.
  • Establece un mecanismo de actualización automática que toma como parámetro el Salario Mínimo Vital y Móvil, que servirá como tope para la aplicación de las medidas de Debida Diligencia Simplificada en los Sistemas de Financiamiento Colectivo.
  • Añade señales de alerta orientativas a tener en cuenta por los obligados para determinar si se debe realizar un Reporte de Operación Sospechosa (ROS).
  • Además de la ya existente obligación de presentar una autoevaluación de riesgos de forma anual, impone a los Sujetos Obligados la obligación de presentarla cada vez que se modifique su nivel de riesgo.

Puede acceder a la resolución UIF N°78/2023 en el siguiente link: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/286100/20230510

 

Por Guillermo Jorge y Fernando Basch

 

 

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