Nuevo proyecto de ley para desarrollar la producción de cannabis medicinal y cáñamo industrial

El Proyecto tiene como finalidad establecer el marco regulatorio de la cadena de producción y comercialización nacional y/o con fines de exportación de la planta del cannabis, sus semillas y derivados afectados al uso medicinal, incluyendo la investigación científica. Así, se busca posibilitar la creación de proyectos de inversión pública, privada o mixta, que desarrollen los distintos segmentos de la cadena de valor nacional de cannabis medicinal (cultivo, cosecha, procesamiento, comercialización, etc.).

 

El proyecto no pretende reemplazar la legislación actual, sino complementar la Ley N° 27350 sobre Investigación Médica y Científica del Uso Medicinal de la Planta de Cannabis y sus Derivados, su Decreto Reglamentario N° 883/2020 y demás normativa relacionada (más información y análisis aquí).

 

El proyecto también busca legalizar y desarrollar el uso del cáñamo y sus derivados como insumo en diversas industrias como textil, calzado, cosmética, alimenticia, maderera y automotriz, entre otras. El cáñamo es una variedad de la especie cannabis sativa, que contiene cantidades muy bajas de sustancias psico-adictivas y en diferentes países se lo cultiva específicamente para fines industriales.  Actualmente, el cáñamo industrial está prohibido por las leyes penales aplicables al cannabis recreativo en Argentina.

 

El Proyecto cuenta con seis títulos y fue diseñado con el apoyo, orientación y colaboración de los ministerios nacionales, diputados, académicos y científicos, gobernadores provinciales, sector empresarial y asociaciones civiles. Para su confección, además, se tuvo en consideración la normativa internacional y la experiencia de otros países líderes en la industria a nivel global. 

 

  • Objetivos y fundamentos

Algunos de los objetivos del proyecto son:

 

  • Mejorar el acceso a productos derivados del cannabis con destino medicinal, en mejores condiciones de calidad.
  • Regular trazabilidad dentro la cadena de producción y, además, evitar desvíos por parte de los productores autorizados hacia el mercado ilegal.
  • Fomentar y crear empleo.
  • Aumentar las exportaciones y el ingreso de divisas.
  • Promover las industrias del conocimiento y tecnología (por ejemplo, investigación y desarrollo en la genética de semillas).
  • Desarrollar economías regionales y diversificar la industria.
  • Prever infracciones por incumplimiento del marco regulatorio que establece el Proyecto.
     
  • Creación de la Agencia Regulatoria de la Industria del Cáñamo y el Cannabis Medicinal

El Proyecto también tiene por fin crear la ARICCAME, la Agencia Regulatoria de la Industria del Cáñamo y el Cannabis Medicinal, como un organismo descentralizado dentro del Ministerio de Desarrollo Productivo. La Agencia deberá adoptar todas las medidas necesarias para asegurar los fines y el cumplimiento del proyecto. Entre sus funciones asignadas, se destacan las siguientes:

 

  • Regular, administrar y fiscalizar la cadena productiva.
  • Otorgar autorizaciones para importar, cultivar, producir, comercializar, exportar y adquirir semillas de cannabis, cannabis y sus productos derivados con fines medicinales.
  • Coordinar acciones de gobierno y dictar normativa conjunta con otros organismos reguladores del sector de tecnología; salud, agropecuario, finanzas y mercado de capitales, prevención de lavado de dinero, actividades societarias, aduanas e impuestos.
  • Verificar el cumplimiento de la legislación aplicable, realizar auditorías e inspecciones a los titulares de autorizaciones.
  • Celebrar convenios con organismos e instituciones públicas o privadas, con fines de cooperación y asistencia técnica y/o económica.
  • Autorizaciones

De las autorizaciones que serían emitidas por la ARICCAME, destacamos los siguientes aspectos:

 

  • El Proyecto busca priorizar las solicitudes de autorización que fomenten las economías provinciales, y que incentiven las actividades de cooperativas y/o pequeñas medianas empresas (PyMES).  Al otorgar las autorizaciones, se incluirá un análisis sobre las solicitudes basado en perspectiva de género y diversidad.
  • Se establece que cualquier fusión, cesión o transferencia de acciones o fondos de comercio por parte de los autorizados requerirá, además, autorización previa.
  • El titular de una autorización deberá cumplir con el régimen de información que oportunamente se fije, en relación con el control y la trazabilidad del producto.
  • En el caso del cáñamo industrial y/u hortícola no destinado para uso medicinal, la ARICCAME deberá disponer un régimen diferencial y más laxo en lo relativo a autorizaciones.
  • ​​​​​​​Control de cumplimiento y sanciones

Se plantea un sistema para seguimiento, control y respectivas sanciones a fin de garantizar las buenas prácticas y calidad, y además evitar el desvío de productores autorizados hacia actividades ilegales.  

 

Las penas serán aplicadas por ARICCAME y podrán consistir en un apercibimiento, multa, suspensión o caducidad de la autorización e inhabilitación para operar. Aquellas serán graduadas conforme a la naturaleza y severidad del incumplimiento y el daño causado, independientemente de la responsabilidad civil y/o penal aplicable.

 

  • Comentarios finales

El Proyecto presentado no regula ni el uso recreativo de la planta de cannabis, ni el autocultivo (que seguiría regulado por la Ley N° 27350).

 

Por último, se espera que el Proyecto sea considerado durante las próximas semanas por el Congreso argentino. En caso de aprobarse, el Poder Ejecutivo deberá determinar los términos y condiciones específicos y demás mecanismos para su implementación y reglamentación. La inversión en Investigación y Desarrollo (I&D) y en la industria local de cannabis se encuentra expectante de este nuevo marco normativo.

 

Por Martín Javier Mosteirin y Lucía Poquet Vila

 

 

Marval O'Farrell Mairal
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