Fallos
Lunes 30 de Noviembre de 2009
Nuevo Reglamento para la Selección de Magistrados
En la reunión del Plenario del pasado jueves 26 de Noviembre, el Consejo de la Magistratura aprobó un nuevo Reglamento de Concursos Públicos de Oposición de Antecedentes para la designación de Magistrados en el Poder Judicial de la Nación.
Por medio de dicho proyecto, el cual cuenta con 56 artículos y un Anexo, entrando en vigencia a partir del próximo 1 º de marzo de 2010, se reemplazará a la Resolución 288/02, buscando mediante las modificaciones introducidas, atender a una mayor celeridad y transparencia de los procedimientos de selección.
Al adoptar las modificaciones al sistema, los consejeros destacaron la importancia de mejorar el actual reglamento con el fin de alcanzar una mayor transparencia en la evaluación de idoneidad de los postulantes.
A partir de las modificaciones introducidas, la prueba de oposiciones se realizará en dos partes, una escrita y anónima, y una personal oral en la audiencia pública del jurado con los postulantes.
En el examen escrito, cada postulante deberá proyectar una resolución o sentencia, tal como si estuviera en ejercicio del cargo para el que se postula, contando para ello con un tiempo máximo de 8 horas.
Dicha prueba se tomará de forma simultánea, versando la misma sobre los temas más representativos de la competencia del tribunal cuya vacante se concursa.
De acuerdo a lo sostenido en un comunicado emitido por el Consejo de la Magistratura, luego de ello se realizará el examen oral, mientras que tras recibido el dictamen de la Comisión y el expediente del Concurso, el Plenario deberá convocar a la nómina propuesta a una audiencia pública, a efectos de evaluar su idoneidad, aptitud funcional y vocación democrática.
Entre las principales reformas introducidas por el proyecto, se destaca la incorporación de forma orgánica del Reglamento de Pautas de Precalificación, a la vez que establece que para ser Jurado será necesario haberse acreditado en un Registro Nacional de Jurados, siendo examinado por el Consejo Académico de la Escuela Judicial, a propuesta de la Dirección Académica.
Por medio de dicho proyecto, el cual cuenta con 56 artículos y un Anexo, entrando en vigencia a partir del próximo 1 º de marzo de 2010, se reemplazará a la Resolución 288/02, buscando mediante las modificaciones introducidas, atender a una mayor celeridad y transparencia de los procedimientos de selección.
Al adoptar las modificaciones al sistema, los consejeros destacaron la importancia de mejorar el actual reglamento con el fin de alcanzar una mayor transparencia en la evaluación de idoneidad de los postulantes.
A partir de las modificaciones introducidas, la prueba de oposiciones se realizará en dos partes, una escrita y anónima, y una personal oral en la audiencia pública del jurado con los postulantes.
En el examen escrito, cada postulante deberá proyectar una resolución o sentencia, tal como si estuviera en ejercicio del cargo para el que se postula, contando para ello con un tiempo máximo de 8 horas.
Dicha prueba se tomará de forma simultánea, versando la misma sobre los temas más representativos de la competencia del tribunal cuya vacante se concursa.
De acuerdo a lo sostenido en un comunicado emitido por el Consejo de la Magistratura, luego de ello se realizará el examen oral, mientras que tras recibido el dictamen de la Comisión y el expediente del Concurso, el Plenario deberá convocar a la nómina propuesta a una audiencia pública, a efectos de evaluar su idoneidad, aptitud funcional y vocación democrática.
Entre las principales reformas introducidas por el proyecto, se destaca la incorporación de forma orgánica del Reglamento de Pautas de Precalificación, a la vez que establece que para ser Jurado será necesario haberse acreditado en un Registro Nacional de Jurados, siendo examinado por el Consejo Académico de la Escuela Judicial, a propuesta de la Dirección Académica.
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