La nueva versión del aplicativo denominado “GANANCIAS PERSONAS FÍSICAS – BIENES PERSONALES” fue aprobada por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
De esta manera, los contribuyentes deberán utilizar el software modificado para realizar la confección y liquidación de las declaraciones anuales del Impuesto sobre los Bienes Personales y Ganancias.
La oficialización de la versión 13 del aplicativo se llevó a cabo a través de la resolución 3.291 publicada en el Boletín Oficial. Cabe señalar que el software aún no se encuentra en la página Web del Fisco Nacional.
En cuanto a las modificaciones, la nueva versión cuenta con una pantalla de datos de la declaración jurada en la que se incorporaron los campos “Primer ejercicio fiscal”, “Ejercicio irregular”, “cantidad de meses”, “Último ejercicio fiscal por cese de actividades/sucesiones indivisas” tanto para sujetos pasivos del impuesto como para sucesiones indivisas.
Además, en la pantalla “bienes del país” se integró la opción de “Préstamos hipotecarios” e “Importe neto del inmueble” mientras que en la sección donde se detalla las donaciones de dinero o en especies se podrá informar acerca de los distintos tipos acciones benéficas que se realicen.
Asimismo, se eliminaron los campos “Diferencia de impuesto tablas art. 23 de la Ley/RG 2866”, “Saldo a Pagar” y “Saldo a favor del contribuyente incluido tablas art. 23 de la Ley/R.G.2866”, en consecuencia de la publicación de la Ley 26.731 que aprueba los valores de las deducciones personales para los períodos fiscales 2010 y 2011.
Por otra parte, se actualizaron los importes de las deducciones personales del artículo 23 de la ley de Impuesto a las Ganancias, en consonancia con lo establecido por la norma 26.731 para las etapas fiscales correspondiente a los años 2010 y 2011.
Estos son algunos de los cambios más importantes que realizó el organismo tributario en la nueva versión del software. Así, los formularios de declaración jurada F. 711 (nuevo modelo) y F. 762/A son generados por el programa aplicativo unificado y se deberán presentar mediante transferencia electrónica de datos conforme al procedimiento establecido por la Resolución General Nº 1345, sus modificatorias y sus complementarias.
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