Oficializan Ley que Incorpora Obligación de Pagar Horas Extras a Personal Jerárquico

El pasado viernes se publicó en el Boletín Oficial una ley impulsada por el diputado y abogado de la Confederación General de Trabajo (CGT), Héctor Recalde, la que incorpora la obligación de abonar horas extras a los empleados jerárquicos.

 

A partir de la publicación de la Ley 26.597 que entrará en vigencia el próximo 18 de junio, se elimina el concepto genérico de “personal de dirección y vigilancia”, y se lo reemplaza por la denominación de un puesto, quedando limitada la excepción de abonar horas extras exclusivamente a “directores y gerentes”.

 

De esta manera, las personas que ocupen cargos de directores y gerentes de manera formal, serán los únicos que no cobrarán adicionales si exceden el tope de ocho horas diarias, mientras que el resto deberá percibir un adicional en caso de superar el tope legal.

 

Anteriormente a la incorporación de la presente reforma, el personal de dirección y/o vigilancia no tenía derecho a percibir el recargo por horas extras. Si bien no se encontraban obligados a trabajar horas extras, en aquellos casos en que las hubiesen realizado, no tenían derecho a reclamo.

 

Ello se debe a que se entendía que empleados de dirección o vigilancia eran los directores, gerentes, jefes habilitados con poder, altos empleados administrativos o técnicos que los sustituyan en la dirección o mando en el lugar de trabajo, así como también los profesionales dedicados exclusivamente al ejercicio de las funciones de su competencia y que acumulen  cargos de dirección, o los supervisores o jefes de sección con personal a cargo, entre otros.

 

La reciente modificación tiene por finalidad que todos los dependientes tengan derecho a percibir el recargo por horas extraordinarias trabajadas, sean empleados obreros o jerárquicos, siendo la única excepción el máximo responsable de la gerencia.

 

 

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